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Si mi cónyuge fallece sin dejar testamento, ¿tengo derecho a recibir herencia si estamos casados en separación de bienes?

Estos son los derechos que tendrán sobre la herencia los viudos que se hubieran casado en separaciones de bienes.


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Pareja firmando un documento |Canva
Lucía Rodríguez Ayala
Fecha de actualización:

A la hora de repartir una herencia, que el fallecido hubiera otorgado un testamento, facilita el reparto de los bienes. Aunque siempre hay que tener en cuenta que hay que respetar los términos establecidos en la ley para hacerlo. En el caso de que el fallecido no hubiera dejado testamento, serán sus herederos legales los que reciban la herencia, pero ¿puede el viudo heredar si se está casado en separación de bienes? 

El artículo 807 del Código Civil establece quiénes son los herederos legales de un fallecido, y determina además el orden de sucesión, que será el siguiente:  

  • Los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes. 
  • A falta de los anteriores, los padres y ascendientes respecto de sus hijos y descendientes. 
  • El viudo o viuda en la forma y medida que establece la Ley. 

Desde el Consejo General de Notariado explican que en el caso de las parejas casadas en separación de bienes, el viudo o viuda tiene derecho a heredar el usufructo si se aplica el derecho civil común. Este es el que recoge el Código Civil, y que se aplica en la mayoría de Comunidades Autónomas españolas, a excepción de algunas como Cataluña o Navarra. 

Cuánto recibe el viudo de la herencia si está casado en separación de bienes  

Como se ha dicho, los viudos son los terceros en la línea de sucesión, por tanto, serían los hijos en primer lugar lo herederos directos. No obstante, tienen derecho a recibir el usufructo de la herencia.  

Cuando se recibe algún bien usufructo, significa que no se tiene la titularidad del mismo, pero sí el derecho al uso y disfrute del bien. Por ejemplo, en el caso de heredar una vivienda familiar, serían los hijos los titulares de la vivienda, mientras que el viudo heredaría el usufructo.  

Por otro lado, desde el Consejo General de Notariado aclaran que, a la hora de recibir la herencia, el porcentaje que corresponde al viudo o viuda dependerá de qué otros herederos legítimos haya.  

En el caso de los matrimonios casados en separación de bienes, además recibiría un tercio si hubiese hijos, dos tercios si el resto de los herederos son los padres si concurriese con padre o padres o “el usufructo de la totalidad de la herencia si no concurriese con ninguno de los anteriores.” 

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