Si eres ama de casa con 45 años o más el SEPE tiene estas ayudas de 500 euros para ti

El Servicio Público de Empleo Estatal tiene habilitadas dos ayudas de 500 euros para las amas de casa que llevan mucho tiempo en desempleo y necesitan volver al mercado laboral. Estas son las condiciones.

mujer de 45 años ama de casa desempleada
El SEPE tiene dos ayudas de 500 euros para amas de casa desempleadas: requisitos para cobrarlas Archivo
Isabel Gómez

Estar en Búsqueda Activa de Empleo es una de las luchas que tienen muchos desempleados en situación de vulnerabilidad en España, como es el caso de las amas de casa. Cuando terminan de percibir el paro, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) las intenta proteger con una ayuda de 500 euros mientras reciben formación, cursos u ofertas de empleo que les facilita el acceso al mercado laboral. Para ello, deberán demostrar unos requisitos.

Precisamente, corresponden con los subsidios por desempleo, unas ayudas asistenciales para las personas que agotaron la prestación contributiva por desempleo (el paro); específicamente, el subsidio para mayores de 45 años y la Renta Activa de Inserción (RAI). La diferencia entre una y otra recae en la duración de la misma y de si se tienen hijos a cargo o no.

Este organismo público de empleo, bajo la dirección del Ministerio de Trabajo y Economía Social, entiende que se tienen cargas familiares cuando hay hijos menores de 26 años sin trabajar o mayores de esa edad con un grado de discapacidad igual o superior al 75%.

El punto en común entre ambas tiene que ver con su cuantía. En 2023, el importe a recibir en cada mensualidad es del 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), o lo que es lo mismo, 480 euros mensuales, por eso se les conoce como la ayuda de 500 euros. Pero, ¿cuáles son las condiciones que hay que acreditar?

Los requisitos del SEPE para cobrar las ayudas destinadas a las amas de casa

El SEPE establece que las amas de casa tengan derecho a cobrar el subsidio para mayores de 45 años o la RAI cuando hayan finalizado la duración máxima del paro. Estos hombres y mujeres dedicados a las tareas domésticas tiene la obligación de demostrar unos requisitos, como los que se detallan a continuación:

  • Estar desempleado o en una situación legal de desempleo.
  • Demostrar que se está inscrito como demandante de empleo, al menos durante un mes desde que se agotó el paro.
  • Haber agotado completamente la duración de la prestación contributiva por desempleo.
  • Mostrar que se tiene una situación de vulnerabilidad económica y las rentas mensuales son inferiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). En otras palabras, los ingresos mensuales no deberán ser superiores a los 750 euros.
  • Suscribir el compromiso de actividad y demostrar que se está en búsqueda activa de empleo (BAE). 
  • No pueden tener hijos a cargo en el momento que lo soliciten, es decir, cuando los hijos sean menores de 26 años o mayores pero con discapacidad. Este requisito no tendrán que cumplirlo las beneficiarias de la RAI.

¿Cuál es la duración máxima para cobrar ambas ayudas de 500 euros?

En cuanto a la duración del subsidio para mayores de 45 años, se podrá cobrar solo seis meses y no se podrá renovar.

Si se sigue estando desempleada, se pasará a cobrar la RAI. Esta se percibe por 11 meses hasta un máximo de tres veces. Lo que ocurre es que tiene que haber un año sin percibirla entre que se acaba y se vuelve a solicitar.

Ingreso Mínimo Vital para amas de casa: ayuda complementaria de la Seguridad Social

Existe una tercera ayuda no contributiva que se puede solicitar cuando el ama de casa no tiene un empleo: el Ingreso Mínimo Vital (IMV). Se podrá solicitar si se tiene hijos a cargo o no y si se vive solo o dentro de una unidad familiar.

Se trata de una renta garantizada que va a variar en función del número de personas que convivan y de las rentas del ama de casa solicitante en el año anterior. Cuando se está desempleado, puede obtenerse el 100% de los ingresos que correspondan.

Los requisitos necesarios para ser beneficiario del IMV consisten en los siguientes:

  • Tener una edad comprendida entre 23 y 65 años, aunque los mayores de 18 con menores a cargo también.
  • No recibir ninguna pensión contributiva de discapacidad ni de jubilación.
  • Demostrar que se lleva residiendo legalmente en España durante al menos un año, en el caso de las familias; un mínimo de tres años cuando se viva solo.
  • Haber agotado la duración de todas las prestaciones a las que se haya tenido derecho.
  • No superar el límite de rentas que impone la Seguridad Social, según la unidad familiar y demostrar que se está en una situación de vulnerabilidad económica.
  • Pueden acceder a ella aquellos estén cobrando el paro o un subsidio por desempleo del SEPE, aunque deberán demostrar que no superan el límite de ingresos fijado. 

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