Tener hijos recién nacidos o pequeños supone para muchas familias un gran desembolso económico que hace que, en muchas ocasiones, ni lleguen a final de mes. El Gobierno de España, a través de Hacienda, en la recién aprobada Ley de Familias, ha querido dar un pequeño alivio al aumento del nivel de vida con una ayuda de 100 euros por hijo. Para optar a ella hay que cumplir un requisito fundamental.
Consiste en la Renta de Crianza y tiene puesto el foco en un amplio número de beneficiarios, ya que hasta el 28 de marzo de 2023, solo podían acceder a ella las madres trabajadoras. Sin embargo, ahora el número de familias es mayor. Como requisito fundamental es que solo pueden solicitarla quienes tengan hijos con edades comprendidas entre los 0 y los 3 años. Pero hay otros, como se verá más adelante.
Estos 100 euros al mes pueden ser disfrutados por las madres que hayan cotizado 30 días a partir del parto, que cobren una prestación por desempleo (ya sea el paro o un subsidio por desempleo), o aquellas que trabajen a tiempo parcial o a jornada completa. A estas se unen los progenitores (hombres o mujeres) del mismo sexo y las familias monoparentales y monoparentales tras el fallecimiento del progenitor o porque la guardia y custodia sea exclusiva de uno de ellos.
Los requisitos para solicitar la Renta de Crianza para la crianza de los hijos
Para que una madre pueda disfrutar de esta ayuda de 100 euros, tienen que demostrar que sus hijos son descendientes menores de 3 años. A partir de esa edad ya no podrían acceder a ella y que estén dentro de uno de los grupos familiares descritos anteriormente.
También tienen que efectuar una actividad como autónomos o asalariados, estar dados de alta en la Seguridad Social o en una mutua durante un mínimo de un mes y haber recibido, como mínimo, una mensualidad de la prestación por desempleo, ya sea contributiva o no contributiva.
Pasos para solicitar la ayuda de 100 por hijo en Hacienda
Antes de conocer cómo solicitar la ayuda en la Agencia Tributaria, es necesario tener en cuenta que la administración da dos opciones, o cobrarla de mes en mes o, coger ese dinero (1.200 euros anuales) y deducirlos en la declaración de la Renta del año correspondiente.
Cuando se quiera acceder a ella, los posibles beneficiarios tienen que rellenar el modelo 140 de Hacienda, disponible en su portal online. Es necesario rellenar el formulario tanto el progenitor como los menores de 3 años, que deben tener DNI.
Otra forma de efectuar a la solicitud es enviando un corro electrónico también a través de la Sede Electrónica de la AEAT, agenciatributaria@correo.aeat.es; o por vía telefónica en el teléfono 901 200 347. A pesar de ser un 901, es gratuito para todos.
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