La Seguridad Social tiene una buena noticia para estos trabajadores españoles

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones publica la orden que permite a los españoles que trabajan en otros países cotizar sin límite de tiempo.

José Luis Escrivá, ministro de Seguridad Social
La Seguridad Social tiene una buena noticia para estos trabajadores españoles EFE
Fernanda Lencina

La Seguridad Social publica la orden del ministerio encabezado por José Luis Escrivá para que los españoles que trabajan en el extranjero puedan cotizar en España sin límite de tiempo. Un cambio fundamental en la protección de este colectivo que hasta el momento debía desvincularse del sistema español para ingresar al del país a donde ha sido desplazado después de un plazo determinado.

Esta medida es una buena noticia para los trabajadores expatriados, nombre con el que se conoce a los empleados de una empresa de origen español, que son enviados a realizar sus funciones a otros países. Según la orden publicada este sábado 22 de julio de 2023 en el Boletín Oficial del Estado (BOE), la normativa entrará en vigor en cuatro meses.

Cómo funcionará la nueva norma para españoles expatriados

La orden del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones deroga la normativa vigente desde 1982, sobre el trabajo de españoles fuera del país, enviados por sus empresas ubicadas en España. Hasta el momento estas personas tenían que ingresar al sistema de protección social del país al que fueran destinados, siempre y cuando tuvieran acuerdos bilaterales en la materia, y renunciar, al cabo de un tiempo, a la Seguridad Social, dejando de cotizar para la misma.

Con este cambio, los trabajadores expatriados, podrán formar parte del sistema español, sin tener un límite de tiempo y permitiéndoles así, tener acceso a una pensión de jubilación, como cualquier otro ciudadano empleado en territorio español.

Los trabajadores que ya estén dados de alta en el sistema de protección social del país en donde desempeñan sus tareas, podrán solicitar la incorporación voluntaria a la Seguridad Social española durante el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la norma, lo que ocurrirá en cuatro meses. Es decir que, a partir de que se cumpla este último plazo, se tendrán 6 meses para pedir el cambio.

Sin embargo, esta medida deja afuera a los trabajadores expatriados que hayan cotizado (y ya no) en la seguridad social de otros países antes de la entrada en vigor de la norma, quienes no tendrán ningún derecho para recuperar o trasladar esas cotizaciones a la Seguridad Social española.

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