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Un jubilado de 66 años tiene que pagar 29.000 euros a la Seguridad Social por trabajar como camarero sirviendo cerveza

El jubilado señaló que su intención era la de ayudar, pero en Italia hay que cumplir dos requisitos para poder jubilarse antes de la edad ordinaria, cosa que no pasaba.


Una cerveza.
Un camarero sirve una cerveza. |Envato
Berta F. Quintanilla
Fecha de actualización:

Un jubilado de 66 años de la región de Udine, en Italia, tendrá que pagar una multa de 29.000 euros a la Seguridad Social de este país por trabajar vendiendo cerveza con un sueldo de 180 euros. La cuantía, que era simbólica, la recibió el pensionista de su ex empresa a la que quería “echar una mano” durante la celebración de un evento deportivo que duraba cuatro días.

Ahora, el jubilado se enfrenta a un problema porque la justicia italiana ha concluido que el trabajo que ha realizado no cumple con la Ley y por eso debe pagar una sanción económica de miles de euros. Todo esto es porque en Italia, existe la llamada Cuota 100 que afecta a la jubilación anticipada. Esta norma permite a los trabajadores conseguir la jubilación antes de la edad ordinaria que es de 67 años. siempre que se cumplan dos requisitos.

El primero de ellos, es el de tener 62 años y poder acreditar cotizaciones a la Seguridad Social mínimas de 38 años, como publica TGCOM24. Por eso se llama Cuota 100, porque es el resultado de la suma de los 62 años cumplidos más los 38 cotizados.

Entre las condiciones que hay que cumplir para poder cobrar esta ayuda económica se encuentra la prohibición de trabajar de forma remunerada, esto es, cobrando un sueldo. Lo único que permite son empleos de autónomo siempre y cuando no se cobren más de 5.000 euros al año. 

El hombre quería ayudar y se ofreció a trabajar gratis

El hombre, que tenía 66 años en el momento en que sucedieron estos hechos, sólo quería ayudar a su antigua empresa y llegó a ofrecerse para trabajar gratis. Ahora, como explica el medio italiano, “por un salario de 180 euros netos ganados, tendrá que pagar 29.000 euros, el equivalente a todo un año de pensión”.

El Tribunal de Trabajo ha sentenciado que deberá abonar la sanción pagando mensualidades de 430 euros en vez de los 650 euros que pedían inicialmente, por lo que el jubilado deberá estar al menos 5 años pagando las cuotas.

Este es el resultado de una gestión mal hecha, como ha explicado el pensionista que había firmado un contrato de guardia sólo para cubrir lo que le costaría a su empresa pagar el seguro. 

Trabajo considera que firmar un contrato es iniciar una actividad laboral remunerada

El Tribunal de Trabajo italiano consideró que, en el momento en que el jubilado firmó un contrato, aunque fuese de manera simbólica y por un salario muy reducido, se estaba iniciando una relación laboral. Anna Pontassuglia, la responsable de la Oficina de Relaciones Públicas en la Sede Provincial del INPS (el Instituto de la Seguridad Social en el país alpino) ha hecho declaraciones en el medio Il Giornale.

En estas, asegura que “sólo se permiten prestaciones ocasionales, que en ningún caso deberán superar los 5.000 euros al año” y que, cuando se produce algún incumplimiento de la norma, “debemos aplicar estrictamente la legislación”.

Eso sí, como informa este mismo periódico digital, al pensionista le queda la apelación para evitar tener que pagar la multa, una acción legal que ya ha sido confirmada por el afectado.

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