La reforma de los subsidios por desempleo del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ya es una realidad. A pesar de que son ayudas no contributivas, el destinado a desempleados mayores de 52 años es el único que cotiza para la pensión de jubilación. Es por eso que intentan conocer si cambia algo para dicha pensión o todo se mantiene como están en esta materia.
Hasta ahora, el subsidio para mayores de 52 años es el único que cotizaba para la jubilación por el 125% de la base mínima de cotización. Sin embargo, la duda es lógica, puesto que el anterior decreto-ley derogado que recogía la reforma incluía una disposición adicional en la que se disminuye este porcentaje.
¿Cambian las cotizaciones de jubilación del subsidio por desempleo para mayores de 52 años?
No, no cambian las cotizaciones. Los beneficiarios del subsidio por desempleo para mayores de 52 mantienen esta cotización, como recoge el Real Decreto-ley 2/2024, de 21 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes para la simplificación y mejora del nivel asistencial de la protección por desempleo.
Por tanto, en este 2024, las personas con 52 años o más que perciban o vayan a percibir de ahora en adelante esta ayuda asistencial seguirán cotizando para la jubilación por el 125% de la base mínima de cotización.
Específicamente, la base mínima actual es de 1.323 euros mensuales, por lo que dicho subsidio lo hará por una base de 1.653,75 euros mensuales.
Sin embargo, como apunta este nuevo texto legal: "En caso de percibir el complemento de apoyo al empleo, la base por la que deberá cotizarse se reducirá en proporción a la jornada trabajada". De ahí se entiende que cuando se compatibilice con un trabajo durante los seis primeros meses, también se reducirá en función de si la jornada es a tiempo parcial o completa.
Las cotizaciones de este subsidio se mantendrán durante todo el tiempo que se tenga derecho a percibir la ayuda. Algo fundamental al garantizarse un mínimo de cotización en los años previos a la jubilación. Y es que hay que recordar que para hacer el cálculo de la cuantía de la pensión de jubilación y obtener la base reguladora que le corresponde a cada persona, se toman como referencia los 25 años anteriores a la solicitud.
Requisitos para cotizar para la jubilación cobrando el subsidio
Las personas que reciben el subsidio para mayores de 52 años deben cumplir unos requisitos generales, como el resto de desempleados, pero, al mismo tiempo, demostrar unos requisitos específicos. Corresponden con los siguientes periodos de cotización:
- Cotizar un mínimo de 15 años para la jubilación, dos de los cuales deben estar incluidos en los 15 años anteriores a la solicitud.
- Cotizar un mínimo de seis años para la prestación por desempleo.
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