
Conforme se acerca el momento de retiro del mercado laboral, son muchos los pensionistas y jubilados que intentan ver qué opciones tienen para mejorar el acceso a la jubilación anticipada. La Seguridad Social da una pista: existe un sencillo truco que beneficia a todos los que hicieron ‘la mili’ y que consiste en un aumento de las cotizaciones obligatorias para su solicitud.
Algo que no solo beneficia a quienes en su día hicieron el Servicio Militar Obligatorio. También a aquellos que se acogieron a la Prestación Social Sustitutoria y, desde el 2022, al Servicio Social Femenino. Cabe destacar que desde el año 2001, ya no es obligatorio ‘hacer la mili’ al cumplir la mayoría de edad.
No hay que obviar que la Tesorería General de la Seguridad Social tiene el deber de aplicar unos coeficientes reductores a modo de penalizaciones cuando la persona decide adelantar su jubilación a la edad ordinaria o legal, según corresponda. Esa penalización puede suponer una reducción de hasta el 21% sobre la cuantía con la última reforma de las pensiones.
En qué consiste esa ventaja para la jubilación anticipada y cómo puede solicitarse son cuestiones que quedan detalladas a continuación.
La ventaja de haber hecho la ‘mili’ para la jubilación anticipada
Como queda recogido en el portal web de la Seguridad Social, todas las personas que hayan hecho la mili, el servicio social femenino o la prestación social sustitutoria tienen derecho a sumar un año extra de cotizaciones para la pensión de jubilación anticipada. “Estos periodos solo se computan para alcanzar el periodo de cotización específico en el caso de la jubilación anticipada, voluntaria o involuntaria y con el límite máximo de un año”.
Existen dos vías para computar ese año a la jubilación anticipada para todos los trabajadores del ámbito civil, por lo que hay que distinguir entre el retiro voluntario y el retiro involuntario.
El Instituto Nacional de la Seguridad Social obliga a quienes quieran acceder al retiro voluntario que coticen un mínimo de 35 años, dos de los cuales deben quedar incluidos en los 15 años anteriores a la solicitud. A efectos prácticos, con ese año extra, únicamente habría que demostrar una cotización de 34 años.
Igualmente, ocurre con el retiro involuntario. En caso de jubilación anticipada forzosa, el trabajador debe acreditar 33 años cotizados, dos de ellos recogidos en los 15 años previos a la solicitud. Así, la persona solo tendría que demostrar un mínimo de 32 años de cotizaciones.
Cómo sumar el año de cotización en la jubilación anticipada
Para sumar ese año, el interesado tiene que realizar una solicitud formal, es decir, rellenar una instancia formal en el INSS. Para ello se necesita la copia del DNI junto a la cartilla militar.
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