Uno de los mayores temores que tienen los trabajadores al enfrentarse al tribunal médico de la Seguridad Social corresponde con las preguntas trampa que hacen los médicos para decidir si la persona tiene derecho o no a la incapacidad permanente. Ahora la cosa “se endurece” un poco más, ya que recientemente, se ha introducido una nueva pregunta que está dejando fuera a posibles beneficiarios de la pensión.
A pesar de que es la Dirección General de la Seguridad Social quién determina si la persona puede cobrar la incapacidad en la modalidad correspondiente (parcial, total, absoluta y Gran Invalidez), los exámenes médicos y la entrevista del Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) son una base fundamental de esa decisión.
La nueva ‘pregunta trampa’ que impide cobrar la incapacidad permanente
Puede resultar bastante inocente, pero esta nueva pregunta afecta directamente al trabajo y puesto desempeñado por el trabajador con una enfermedad o lesión. El tribunal médico puede preguntar: “¿Le gustaría seguir trabajando?” Una respuesta negativa puede tener graves consecuencias, como el rechazo a otorgar la incapacidad.
Hay que tener presente que el objetivo máximo de esta pensión es el de ayudar económicamente al enfermo durante el proceso de recuperación. De ahí que cada dos años la Seguridad Social cite al pensionista para que el EVI haga una revisión y valoración del estado de salud. Como resultado, los médicos pueden determinar que la persona tiene un grado de discapacidad inferior al 33% y que, por tanto, puede regresar a su puesto de trabajo con la mayor brevedad.
Además, también a través de esa pregunta el tribunal médico puede observar si la persona a la que le corresponde una incapacidad permanente total lucha o exagera en sus dolencias para conseguir una absoluta, ya que con esta última se cobra más, además de que está exenta de tributar en la declaración de la Renta.
La sentencia que permite rechazar la incapacidad por esa pregunta trampa
En un caso reciente, una limpiadora con problemas lumbares y depresión vio denegada la pensión de incapacidad permanente tras responder “afirmativamente” a esta pregunta. A pesar de que expresó su deseo de seguir trabajando, no especificó que, con motivo de sus enfermedades, no podía desempeñar trabajos que requirieran un esfuerzo físico continuado.
El Tribunal Médico se aferró a esa respuesta para denegar la pensión, explicando que la solicitante no había demostrado una incapacidad total para trabajar. “Lo que no matizó es que realmente no puede continuar trabajando en un trabajo que le requiere un esfuerzo físico constante”, explican desde Fidelitis, el bufete que llevó el caso.
Tras la denegación inicial, la trabajadora inició un proceso judicial que culminó con una sentencia favorable en el Tribunal Superior de Justicia. Como apuntan desde el mencionado bufete: “No es una excepción. Muchos ciudadanos se ven obligados a recurrir a la vía judicial para obtener el reconocimiento de una incapacidad que les impide trabajar”.
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