Es habitual pensar que la ayuda de orfandad siempre es otorgada por la Seguridad Social para los menores de edad al haber perdido al menos uno de los progenitores. Sin embargo, existen varias excepciones en las que se rompe la norma y la administración permite sobrepasar el límite de edad. Es por eso que muchos están interesados en conocer cuáles son los requisitos para solicitar la pensión de orfandad para mayores de 45 años.
Una duda completamente lógica, ya que muchas personas abandonaron el mercado laboral por cuidar de sus mayores y no tuvieron la oportunidad de volver al mercado laboral en el momento del fallecimiento. Generalmente, los beneficiarios de la orfandad son hijos menores de 21 años, o hasta los 25 años si están o estudiando. Pero, como se verá a continuación, hay más situaciones en las que un huérfano puede recibir esta pensión contributiva.
También puede cobrarse más allá de los 25 años cuando la persona tenga reconocida una discapacidad igual o superior al 33%, siempre que la orfandad sea absoluta, es decir, que hayan fallecido ambos progenitores o adoptantes.
Para entender quién tiene derecho a la pensión de orfandad a partir de los 45 años, primero hay que conocer cuáles son las exigencias para quienes son menores de esa edad.
Requisitos para cobrar una pensión de orfandad de la Seguridad Social
Los hijos del fallecido y de su cónyuge tienen derecho a solicitar la orfandad cuando el matrimonio formalizara su unión un mínimo de dos años antes del fallecimiento y hubiera vivido gracias a la economía del fallecido. Al mismo tiempo, deben demostrar que cumplir con los siguientes requisitos:
Los beneficiarios no pueden tener más de 21 años, a no ser que se queden sin trabajo o tengan un grado de incapacidad permanente absoluta o de gran invalidez.
En los casos de orfandad simple, al sobrevivir una de las partes, el límite siempre será de 25 años. Si en el momento que cumple esa edad sigue cursando los estudios de ese curso escolar, el cobro de la mensualidad se mantiene hasta el primer día del mes posterior al inicio del siguiente curso académico.
Requisitos para cobrar la pensión de orfandad para mayores de 45 años
Tal y como recoge la Seguridad Social a través de su plataforma web, existe una orfandad para mayores de 45 años. Una persona con esa edad o mayor puede optar a ella siempre que se haya dedicado a cuidar de sus padres o de un familiar cercano hasta el fallecimiento de este. Únicamente hay que cumplir tres requisitos:
- Haber convivido con la persona fallecida durante los dos últimos años.
- No poder acceder a ningún tipo de pensión.
- No tener ingresos superiores al Salario Mínimo Interprofesional, que actualmente está fijado en los 1.080 euros.
Cuánto cobra una persona con una pensión de orfandad para mayores de 45 años
Por regla general, una persona que cobre una pensión de orfandad tienen derecho al 20% de la base reguladora que le corresponda. Por beneficiario corresponde una cuantía mínima de 239,50 euros al mes, aunque la cifra cambia si la orfandad es absoluta. Ahí la persona tienen derecho a una pensión de 832,80 euros.
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