Los motivos por los que se pierde la pensión de orfandad aunque se tengan menos de 25 años

La Seguridad Social contempla hasta seis motivos por los que un huérfano puede perder de forma definitiva la pensión de orfandad.

pérdida de la pensión de orfandad
La Seguridad Social tienen 6 motivos para quitarte definitivamente la pensión de orfandad y no devolvértela CANVA
Isabel Gómez

Conscientes de la vulnerabilidad en la que queda un niño al perder a uno de sus padres o a ambos, la Seguridad Social les permite cobrar una pensión de orfandad hasta que llegan a una edad límite. Sin embargo, existen algunas causas por las que se puede perder a pesar de que se tengan menos de 25 años, como se verá más adelante.

Esta pensión contributiva forma parte de las denominadas por Muerte y Supervivencia y tiene como beneficiarios a los hijos de la persona fallecida y, en algunos casos, los hijos del cónyuge sobreviviente. Específicamente:

  • Los mejores de 21 años o mayores de esa edad cuando tengan una discapacidad mayor del 33% en grado de incapacidad permanente absoluta o Gran Invalidez.
  • Los mayores de 21 años o menores de 25 años cuando no estén trabajando, o sí, pero sus ingresos mensuales estén por debajo del Salario Mínimo Interprofesional fijado en cada momento. 

Los motivos por los que se puede perder la pensión de orfandad con menos de 25 años

Antes de conocer todas las situaciones en las que una persona huérfana pierde la orfandad, hay que echar un vistazo a lo que dice la normativa sobre esta ayuda contributiva sobre sus incompatibilidades:

En primer lugar, porque al ser compatible con un trabajo, si es mayor de 21 años y no está incapacitado para ningún empleo, la pensión se suspenderá y podrá volver a recuperarse. Al igual ocurre cuando esté trabajando y sus ingresos mensuales sean superiores a los 1.134 euros al mes (SMI vigente).

Tampoco podrá cobrarse cuando la persona reciba alguna otra prestación de la Seguridad Social, como una prestación por nacimiento y cuidado del menor. 

Otras situaciones que desembocan en la extinción corresponden con las siguientes:

  • Por haber cumplido la edad máxima de 25 años, excepto para las personas discapacitadas.
  • Por cesar la incapacidad que da derecho a la pensión, como una incapacidad permanente o una pensión no contributiva de discapacidad.
  • Por adopción del menor.
  • Por contraer matrimonio.
  • Por fallecimiento.
  • Por comprobarse que no falleció el trabajador desaparecido.

Cómo volver a recuperar la pensión de orfandad una vez que se deja de trabajar

Desde que el huérfano cumple 21 años, se exige que carezca de rentas de trabajo. La pensión es compatible con otra ayuda económica, pero no con los obtenidos como contraprestación de la actividad laboral. Ejemplo, el paro del SEPE.

Se presume que, si el huérfano desarrolla actividad laboral, obtendrá un salario superior al SMI, por lo que, en caso contrario, deberá presentar declaración de sus ingresos en el plazo de 10 días ante la entidad gestora.

Este supuesto no es de extinción, sino de suspensión. Si el huérfano pierde las rentas de trabajo, en cuantía superior al SMI, y tiene menos de 25 años, recupera la pensión de orfandad. No obstante, deberá solicitar la recuperación del derecho en los 3 meses siguientes a la pérdida de dichos recursos.

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