La pensión que puedes cobrar si llevas trabajando desde los 16 años y te deniegan la jubilación

El Imserso permite que los trabajadores que no hayan cotizado un mínimo de años cobren una pensión si llevan trabajando desde los 16 años y no tienen derecho a jubilación.

empleada del hogar desempeñando sus funciones
Cómo cobrar una pensión de jubilación a pesar de que la Seguridad Social la deniegue CANVA
Isabel Gómez

En España, no todo el mundo que trabaja tiene derecho a una jubilación. Existen muchas situaciones en las que una persona puede estar trabajando desde los 16 años y aun así la Seguridad Social les deniega el derecho a la pensión contributiva. Como alternativa, ante la duda de qué pensión puedo cobrar si no tengo derecho a la jubilación, el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso) permite que cobren una siempre que justifiquen unos requisitos mínimos.

La situación anterior puede darse con más frecuencia de la que se piensa. Muchas personas llevan desempeñando un oficio o han pasado por varios trabajos a lo largo de la vida laboral, sin embargo, no han cotizado el mínimo necesario para la jubilación. En algunos casos, pueden que no hayan trabajado nunca fuera del hogar, como las amas de casa. Este periodo mínimo de cotización impuesto por el Instituto Nacional de la Seguridad Social es de 15 años, dos de los cuales deben incluirse dentro de los 15 años anteriores a la solicitud de la pensión. 

Y es en ese periodo general o específico donde algunos pierden el derecho a pesar de estar trabajando desde que pueden entrar a formar parte de la población activa. Sin embargo, para remediar la situación, el Imserso sí que permite cobrar una pensión no contributiva de jubilación cuando se demuestre que la persona no llega a un límite de ingresos, entre otros factores.

Los requisitos del Imserso para cobrar la pensión no contributiva de jubilación

La pensión a cobrar si te deniegan la jubilación

A pesar de que una persona haya estado trabajando desde los 16 años, puede que no haya estado cotizando en ningún régimen de la Seguridad Social. Para tener derecho a una pensión no contributiva de jubilación es obligatorio que la persona demuestre unos requisitos previos. Corresponden con los detallados a continuación.

La persona no puede haber cotizado más de 15 años para la mencionada pensión en ninguno de los regímenes contributivos de la Seguridad Social. Únicamente podrá cobrar esta ayuda no contributiva cuando haya alcanzado los 65 años y haya residido legalmente en España y de manera efectiva durante al menos 10 años. De esos, dos deben encontrarse inmediatamente y de forma consecutiva a la fecha de la solicitud.

Por último, aunque no menos importante, nunca podrán sobrepasar un límite económico fijado cada año en los Presupuestos Generales del Estado. Para el presente ejercicio económico 2023, el Imserso impone que el beneficiario debe contar con ingresos inferiores a los 6.784,54 euros anuales. Sin embargo, los límite cambian si convive con más personas dentro de una unidad familiar, como se recoge en su plataforma web.

Dónde y cómo solicitar una pensión no contributiva de jubilación en 2023

Tal y como informan desde el Instituto de Mayores, la gestión y reconocimiento del derecho a percibir una Pensión no Contributiva se realiza por las Comunidades Autónomas que tienen transferidas la gestión de pensión del Imserso. Por tanto, la solicitud puede presentarse en las oficinas de los Servicios Social de la comunidad donde resida el futuro pensionista o en cualquier otra de la Seguridad Social, excepto en Ceuta y Melilla “que se hace directamente por el Imserso”.

El documento puedes descargarse a través de la Sede Electrónica del organismo competente o rellenarse de forma presencial.

Cuantía de la pensión no contributiva de jubilación del Imserso

La cuantía de la pensión no contributiva de jubilación se sitúa en la íntegra de 484,61 euros mensuales, es decir, 6.784,54 euros al año. A pesar de esto, también existe una cuantía mínima del 25%, 121,15 euros mensuales, que depende del número de personas que convivan con el beneficiario, de las rentas personales y las de su unidad de convivencia.

En las situaciones en las que en una misma familia conviva más de un pensionista no contributivo, la cuantía de cada uno de ellos pasa a ser la siguiente:

  • Dos beneficiarios: 411,92 euros al mes.
  • Tres o más beneficiarios: 387,69 euros al mes.

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