La Justicia reconoce una incapacidad de Gran Invalidez a una vendedora de cupones con esclerosis múltiple

La Seguridad Social termina concediéndole el complemento de Gran Invalidez por incapacidad permanente a una vendedora de cupones de la ONCE tras una sentencia de la Justicia sevillana.

La Justicia sevillana le permite a una vendedora de cupones cobrar la Gran Invalidez
La Justicia sevillana le permite a una vendedora de cupones cobrar la Gran Invalidez. Europa Press
Isabel Gómez

En España, el tribunal médico de la Seguridad Social contempla una lista de enfermedades que dan derecho a una pensión de incapacidad permanente. Aunque no es oficial, sí que se ha ido recopilando a base de sentencias de la Justicia. En algunos casos, a pesar de que algunas dolencias aparecen, cuesta conseguir la pensión contributiva. Así le ha ocurrido a una vendedora de cupones de la Once de Sevilla, quien tras recurrir la decisión médica ha conseguido el complemento de Gran Invalidez por esclerosis múltiple.

La mujer, de 61 años, consiguió que el Equipo de Valoración (EVI) le reconociera en 2022 una incapacidad laboral, como explican desde ABC Sevilla. El 16 de marzo de 2022 el INSS reconocía únicamente la incapacidad laboral absoluta de la empleada tras los exámenes médicos. Quedó constancia de las graves secuelas y patologías que sufría la mujer al sufrir una esclerosos en la que no podía valerse por sí misma para hacer actividades de la vida cotidiana y presentaba dificultades al caminar.

Según el perito oftalmólogo que realizo la revisión oral, esta señora padecía de una enfermedad “incurable, que va a ir degenerando y empeorando”. En uno de sus ojos la pérdida de visión es total y con el otro ojo puede ver con mucha dificultad. Así, la magistrada del caso expone sus diferencias con la decisión de dicho tribunal al justificar que hay bastante jurisprudencia que indica que “la misma falta de agudeza visual que presentaba en el momento del reconocimiento médico (y reflejado en el propio informe médico de síntesis de 8 de marzo de 2022) debiera haber implicado, puesto que fuera declarada en situación de gran invalidez, sin haber sido necesario”. 

Además, tuvo que demostrar que necesitaba la ayuda de terceras personas para hacer labores de la vida cotidiana.

La vendedora gana la batalla y consigue una incapacidad de Gran Invalidez

Según recoge la sentencia judicial, la "cuponera" tiene reconocido un 87% de minusvalía por la Consejería de Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía y ante su situación solicitó ser beneficiaria de la Ley de Dependencia. A su enfermedad visual se le añade que sufre una esclerosis múltiple por lo que su estado físico es de "fatiga física, temblor de acción en ambas manos, dificultad para encontrar las palabras adecuadas y dificultad para caminar con arrastre de predominio en pierna izquierda que intenta aliviar con el uso de un bastón", como apunta el texto legal..

Justamente el acudir con un bastón hizo que la Seguridad Social no intuyera que necesitaba ayuda externa. La sentencia hace hincapié en que “al acto de exploración médica por la entidad gestora, los pacientes entran solos y están solos en esa exploración, salvo casos esporádicos”.

La magistrada dio fe de las dificultades de la actora para moverse al acceder y salir de la sala de vistas. Por todo ello, su señoría estima la pretensión de la trabajadora y la declara afecta de incapacidad permanente en grado de gran invalidez, lo que supone una pensión de 2.788 euros mensuales más el complemento destinado a remunerar a la persona que la atienda, unos 1.500 euros más.

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