Llegar a la edad de jubilación con una buena pensión no siempre es posible si no se tienen unas buenas bases cotización en los años previos al retiro. Conscientes de este problema, la Seguridad Social introdujo en el Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, un nuevo sistema de cálculo de la jubilación que venía a mejorar los importes de aquellos con periodos sin cotizar. Ante la llegada del próximo año, intentan conocer: ¿Cuándo entra en vigor el cálculo dial de la pensión? ¿Cuál es el método correcto en 2025?
No será hasta el 1 de enero de 2026 cuando la Tesorería General de la Seguridad Social comience a aplicar ese sistema dual para los trabajadores con varios periodos sin cotizar o si estas son muy bajas en los 29 años anteriores a la jubilación. Este régimen dual estará vigente hasta 2044, momento en que la pensión solo se calculará mediante la opción de 29 años de cotización descontando los dos peores.
Cómo funciona el sistema dual de cálculo de la jubilación
A partir de ese momento, cuando un trabajador quiera acceder a la jubilación puede calcular su cuantía por alguna de estas dos fórmulas: o con los 25 años anteriores (300 meses) o con 29 años de cotización (348 meses), de lo que podrán excluir los dos peores años. A efectos prácticos, el cómputo en esta segunda opción es de 27 años (324 meses).
¿Cuál es el que mejor conviene? Hay que analizar cada caso. Desde el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, ahora bajo las órdenes de Elma Saiz, afirman que se aplicará la fórmula más ventajosa para el pensionista. “El periodo de cálculo se mantendrá en 25 años si no resulta más beneficioso tomar un total de 27 años”.
¿Cómo se calculará la pensión de jubilación a partir de 2025?
Por el momento, el cálculo de la pensión de jubilación seguirá siendo la modalidad actual. A partir del 1 de enero de 2025, cuando una persona solicite la pensión al llegar a la edad de jubilación, verá cómo el cálculo se realiza de la siguiente forma:
- Se tomará la suma de las bases de cotización (actualizadas con el IPC) de los últimos 25 años, 300 meses, y se dividirá entre 350.
- Al resultado, la base reguladora, se le aplicará el porcentaje adicional por prolongación de vida laboral. Consiste en calcular la base reguladora a la que tiene derecho el trabajador:
- Con 15 años cotizados, el mínimo periodo exigido, se garantiza al ciudadano un 50% de esa base.
- Por cada uno de los siguientes 49 meses se añade un 0,21% extra de la base.
- Por cada uno de los siguientes 209 meses se añade un 0,19% extra de dicha base.
Integración de lagunas
Si en el período que haya de tomarse para el cálculo de la base reguladora aparecieran meses durante los cuales no existiera obligación de cotizar, las primeras 48 mensualidades se integrarán con la base mínima actualizadas, y el resto con el 50% de esa base mínima.
En el caso de trabajadores incluidos en el sistema especial para trabajadores por cuenta ajena agrarios, a partir de 01-01-2012, para el cálculo de la base reguladora solo se tendrán en cuenta los períodos realmente cotizados (no se aplicará integración de lagunas).
Desde 2024, las mujeres trabajadores podrán durante los 60 primeros meses integrarlas con el 100% de la base mínima de cotización y desde el 60 al 84 con el 80% de la base mínima. A partir del mes 85, el 50% de la base mínima.
Ahora, los trabajadores que coticen a jornada parcial computará como jornada completa. Esta medida ya está en vigor y se encuentra regulada en el Real Decreto-ley 2/2023, el cual se puede consultar en este Boletín Oficial del Estado.
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