Son muchos los trabajadores que al llegar a la edad de jubilación no han cotizado lo suficiente o han llegado al mínimo y les interesa saber qué pensión van a cobrar el día de su retiro. Para realizar el método de cálculo de las pensiones, la Seguridad Social tiene en cuenta las últimas bases de cotización y el total de años trabajados.
La Seguridad Social tiene dos tipos de pensiones: contributivas y no contributivas. Para poder obtener una pensión contributiva, es necesario cumplir con dos requisitos. Primero, debes haber cotizado durante al menos 15 años en tu vida laboral, lo que equivale a 5.475 días de cotización, conocido como el periodo de carencia genérico. Además, debes cumplir con el periodo de carencia específico, que significa que al menos 2 de esos años deben haber sido cotizados en los últimos 15 años antes de jubilarte. Estos requisitos están regulados en el artículo 209 y 210 de la Ley General de la Seguridad Social (se puede consultar directamente en este Boletín Oficial del Estado).
En caso de no haber alcanzado el mínimo de cotización, existe la posibilidad de acceder a las pensiones no contributivas gestionadas por las Comunidades Autónomas y el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO). Ahora, ¿cuál sería la pensión mínima de jubilación que correspondería por 20 años cotizados?
Qué pensión puedo recibir con 20 años cotizados y cuáles son las cuantías mínimas
Con 20 años cotizados, se tendrá derecho al 64,28 % de la base reguladora obtenida a través del método de la Seguridad Social para calcular la pensión de jubilación. La base reguladora se obtiene sumando las bases de cotización del trabajador de los últimos 25 años y dividiéndolas entre 350. Al resultado hay que aplicarle a todas las bases, salvo la de los dos últimos años, el coeficiente por efecto inflación para que las primeras cotizaciones, las más antiguas, no pierdan poder adquisitivo.
Para los periodos en los que el trabajador no haya cotizado, existe la posibilidad de utilizar la integración de lagunas. Esto significa llenar esos períodos con el 100% de la base mínima vigente durante los primeros 48 meses y con el 50% de la misma a partir del mes 49.
Una vez calculada la base reguladora, hay que saber qué porcentaje de esa base corresponde según los años cotizados. Con 20 años, se tendrá derecho al 64,28 % de la base reguladora. Este sería el porcentaje según los años cotizados:
- Los primeros 15 años de cotización darán derecho al 50 % de la base reguladora.
- Los siguientes 49 meses siguientes de cotización (4,08 años) = 10,29 % de la base reguladora.
- Los 21 meses restantes hasta llegar a los 20 años de cotización = 3,99 % de la base reguladora.
En el caso de que la pensión mínima sea inferior a las cuantías mínimas fijadas cada año (consultar cuantías mínimas para este 2024) se podrá solicitar el complemento a mínimos, para conseguir que esta alcance la pensión mínima de jubilación a la que tenga derecho según su situación familiar.
¿Se puede cobrar menos de la pensión mínima de jubilación aun teniendo 20 años cotizados?
Sí. En el caso de no reunir los requisitos para acceder al complemento a mínimos, la Seguridad Social abonará la pensión que corresponda. Estas condiciones son tener una residencia legal en España y no superar unas rentas mínimas, las cuales se actualizan cada año.
En el año 2024, si una persona no tiene cónyuge a su cargo, el límite de ingresos anuales será de 8.941,33 euros. Pero si tiene un cónyuge a su cargo, entonces el límite de ingresos se establecerá en 10.429,82 euros al año.
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