La pensión por incapacidad permanente total es una prestación económica que la Seguridad Social concede a los trabajadores que a causa de una enfermedad, lesión o accidente han visto reducida o anulada su capacidad para trabajar. Este grado de incapacidad permite volver a trabajar, pero no en la misma profesión que se venía realizando. Debido a esto, es posible preguntarse si es posible compatibilizar la prestación por desempleo con la pensión por incapacidad permanente total.
Tanto la Seguridad Social como el Servicio Público de Empleo Estatal son claros en este sentido y explican que “en los supuestos en que, estando incapacitado, el perceptor de una incapacidad permanente total pierda o se le suspenda un trabajo compatible con su situación de pensionista, tendrá derecho a percibir la prestación o subsidio por desempleo que le corresponda, además de la pensión”.
Así, cobrar el paro y la incapacidad permanente serán compatibles. Ahora es necesario cumplir con las condiciones del SEPE para tener derecho a la prestación.
Requisitos para cobrar el paro y la pensión por incapacidad permanente
Para cobrar el paro junto con la pensión de invalidez permanente total para la profesión habitual, el SEPE exige que en este caso que la persona incapacitada cuente con al menos 360 cotizados por desempleo durante los últimos 6 años. Además, es necesario cumplir estas otras condiciones:
- Estar inscrito como demandante de empleo y dado de alta en la Seguridad Social.
- Encontrarse en situación legal de desempleo y acreditar estar buscando empleo de manera activa.
- No haber estado trabajando como autónomo o trabajador por cuenta propia (es incompatible con la prestación).
- No tener la edad legal ordinaria de jubilación. Según la última reforma de las pensiones esta van incrementando con el paso de los años, llegando a los 67 años en 2027.
La duración del paro dependerá de las cotizaciones acumuladas en los últimos seis años. Así, con 360 días cotizados se tendrá derecho a 120 días de prestación.
Para solicitar el paro, se puede acceder a través de la Sede Electrónica del SEPE, usando certificado digital o DNI electrónico. También puede solicitarse a través del formulario de pre-solicitud de prestaciones o de manera presencial, acudiendo a las oficinas de empleo mediante cita previa. Para solicitar el paro hay un plazo de 15 días hábiles.
¿Se puede compatibilizar la pensión por incapacidad permanente con el subsidio por desempleo?
No. Los subsidios por desempleo no son compatibles con la pensión por incapacidad permanente. Esto es porque, al ser prestaciones no contributivas, no son compatibles con otras ayudas de carácter contributivo. Estos subsidios están dirigidos a personas económicamente vulnerables y no pueden extenderse a receptores que ya estén protegidos, como aquellos con incapacidad permanente que han cotizado lo suficiente para obtener una pensión mayor.
En este sentido, ¿se puede compatibilizar con el subsidio para mayores de 52 años? Tampoco es posible cobrar el subsidio para mayores de 52 años a la vez que una incapacidad permanente.
Solamente hay una forma de poder compatibilizarlo, aunque es muy estricta, siendo estos los requisitos:
- Ser beneficiario de una pensión de invalidez permanente total para la profesión habitual.
- Comenzar a trabajar en un empleo que no agrave nuestras dolencias.
- Tener derecho al paro al extinguirse el contrato.
- Agotar el subsidio por desempleo.
- Cumplir con los requisitos específicos del subsidio para mayores de 52 años.
- Tener al menos 15 años de cotizaciones después de la fecha de concesión de la incapacidad, sin contar los años de vida laboral previa y que de estos, al menos 6 años sean cotizaciones por desempleo.
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