El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) es el organismo dependiente del Ministerio de Trabajo y Economía Social, ahora en funciones, encargado de ayudar tanto económicamente como con formación a las personas que han agotado el paro y no encuentran empleo, sobre todo si están próximos a la jubilación. Esos subsidios por desempleo deben reactivarse cada cierto tiempo, es por eso que muchos dudan de los pasos que deben darse para renovar el subsidio para mayores de 52 años.
Una duda lógica, ya que presenta varias peculiaridades en comparación con el resto de ayudas asistenciales. Esta no cuenta con una duración de seis meses prorrogables, como ocurre con la mayoría, sino que puede cobrarse de año en año hasta que se alcanza la edad de jubilación. Además, es el único que cotiza por el 125% de la base mínima para dicha pensión contributiva.
Si se desea renovar dicho subsidio, es necesario demostrar que se cumplen ciertos requisitos, como estar en desempleo o en situación legal de desempleo, permanecer inscrito como demandante de empleo durante todo el tiempo que se recibe, hay que suscribir un compromiso de actividad y no rechazar ninguna oferta de empleo, curso o formación del SEPE.
Al mismo tiempo, los beneficiarios no deben superar en ningún mes el límite de rentas correspondiente con el 75% del Salario Mínimo Interprofesional. En otras palabras, hay que demostrar una carencia de rentas y no tener más de 810 euros mensuales en ingresos. Como es el único que cotiza para la jubilación, también se pide un periodo mínimo de cotización:
- Haber cotizado un mínimo de 15 años, dos de los cuales deben estar dentro de los 15 años anteriores a la solicitud. Esto dentro del Régimen General.
- Haber cotizado un mínimo de seis años para la prestación contributiva por desempleo (el paro).
Cómo renovar el subsidio para mayores de 52 años del SEPE
Tal y como explican desde el SEPE a través de su portal online, los perceptores del subsidio para mayores de 52 años tiene la obligación de renovar el subsidio de año en año, a contar desde la fecha del primer mes que no recibieron. Estos son los pasos que deben seguir.
En primer lugar, deben tener la certeza de que cumplen con todos los requisitos impuestos por dicha administración para la renovación. Algo que debe hacerse dentro del plazo establecido: desde el día siguiente a la finalización del periodo anterior hasta los 15 días hábiles siguientes (tres semanas). Es decir, que si finaliza el 31 de noviembre, hasta el 21 de diciembre, la persona tiene margen para hacer el trámite.
El procedimiento continúa presentando la solicitud de prórroga, algo que puede gestionarse por dos vías: o por Internet, a través de la Sede Electrónica del SEPE y previa identificación con certificado digital, sistema Cl@ve o DNIe; o de forma presencial, acudiendo con cita previa a alguna de las oficinas provinciales de la administración. Quien quiera hacerlo telepáticamente, pero no tenga identificación digital, puede rellenar el formulario de pre-solicitud.
Cabe recordar que cada año hay que renovarlo con un documento especial, la Declaración Anual de Rentas (certificado DAR), la vía que tiene el SEPE para acreditar que no se superan los límites de renta establecidos para cada año.
¿Qué ocurre si no se renueva el subsidio por desempleo?
La no renovación del subsidio conlleva directamente su pérdida, sobre todo si no se incluye en la solicitud la Declaración Anual de Rentas. Por tanto, si no se presenta, los desempleados mayores de 52 años ya no obtendrán la mensualidad de 480 euros mensuales hasta que encuentren un nuevo empleo o hasta que accedan a la jubilación.
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