
Uno de los principales problemas al cumplir los 50 años y quedar desempleado es volver al mercado laboral. Si se ha agotado la prestación contributiva por desempleo (el paro), el Servicio Público de Empleo Estatal permite que cobren una ayuda asistencial: el subsidio para mayores de 52 años. Un mini paro de casi 500 euros del SEPE que puede cobrarse de forma indefinida siempre que se cumpla un requisito específico.
Actualmente, presenta una ventaja frente a los demás, a pesar de que haya más requisitos que cumplir que en el resto, como el de cotización. Es el único que cotiza para la pensión de jubilación, por tanto, es el único con carácter contributivo. Además, puede cobrarse hasta que se encuentre un nuevo empleo o hasta que se alcance la edad de jubilación.
Sin embargo, para conservarlo durante un largo periodo de tiempo, el beneficiario tiene la obligación de hacer un trámite fundamental: presentar la Declaración Anual de Rentas, también conocida como el certificado DAR. Es importante no confundirlo con la declaración de la Renta en Hacienda. Esta únicamente debe presentarse cuando el desempleado sobrepase un límite de rentas, en función de si en el ejercicio económico anterior tuvo uno o más pagadores.
Entre las condiciones que impone el ente público de empleo para que los desempleados con 52 años o más cobren ese mini paro es el de estar inscritos como demandante de empleo, agotar la duración máxima de paro a la que tuvieran derecho, suscribir el compromiso de actividad, demostrar un periodo mínimo de cotización y tener unos ingresos inferiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (810 euros) durante todos los meses.
Cuándo y cómo hay que presentar la Declaración Anual de Rentas si se cobra el subsidio para mayores de 52 años
La Declaración Anual de Rentas debe presentarse al año de comenzar a cobrar el subsidio. Cuando se cumplan los 12 meses, los perceptores tienen 15 días hábiles (tres semanas) para presentar ese documento, o de forma presencial o a través de Internet.
Quienes opten por la opción telemática, únicamente tienen que ingresar en la Sede Electrónica del SEPE e identificarse con certificado digital, DNI electrónico o un Sistema Cl@ve. Quienes no puedan también tiene habilitada la opción de enviar un formulario de pre-solicitud.
Aquellos que se sientan más seguros de hacerlo presencialmente, siempre tendrán que solicitar una cita previa en el SEPE en el día y hora establecidos.
Cuantía del subsidio para mayores de 52 años en 2023
Durante este año, la cuantía a cobrar por el subsidio para mayores de 52 años corresponde con el 80% del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM). Esto significa que el importe que se recibe en cada mensualidad es de 480 euros al mes, por eso se dice que es el ‘mini-paro’ del SEPE.
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