
Cuando una persona queda en situación de desempleo, es habitual que su nivel de ingresos se reduzca, sobre todo al finalizar la duración de la prestación contributiva por desempleo (el paro). Para darles una protección, desde el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ofrece un mini paro de casi 500 euros a renovar cada seis meses para no perderlo, como se verá más adelante.
Ese tipo de ayudas asistenciales consisten en los subsidios por desempleo, no todos ellos, porque hay varios que tienen una renovación mayor. El punto en común entre todos ellos es que presentan los mismos requisitos para cobrarlos y la cuantía también es la misma. Concretamente, el 80% de Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM). En otras palabras, la cuantía exacta es 480 euros mensuales.
También presentan en común que la mayoría de ellos, excepto el destinado a los mayores de 52 años, son ayudas no contributivas, es decir, que a diferencia del paro y del subsidio para mayores de 52 años, no cotizan para la pensión de jubilación.
Específicamente son cinco los subsidios por desempleo del SEPE que tienen que renovarse cada seis meses, aunque el beneficiario pueda cobrarlo por un periodo mayor de tiempo. Los que quedan fuera de esta renovación son el subsidio para mayores de 52 años, que lo hace anualmente mediante la presentación de la Declaración Anual de Rentas; y la Renta Activa de Inserción (RAI), que dura 11 meses ininterrumpidos y puede solicitarse hasta en tres ocasiones.
En este punto también hay que tener en cuenta que hay otros dos que únicamente tienen una duración máxima de medio año, por lo que no cabe la posibilidad de renovarlos. En todo caso, cobrar con otro compatible. Corresponden con:
- Subsidio para mayores de 45 años sin hijos a cargo.
- Subsidio extraordinario de desempleo (SED): este es un mini paro extraordinario. Una vez finalizados los seis meses ya no existe más protección por desempleo en el SEPE.
Los subsidios del SEPE a renovar cada seis meses
Tal y como recoge el portal web de la administración pública de empleo, existen varias ayudas, en forma de mini-paro, que deben renovarse casa seis meses. Todas esas ayudas quedan resumidas en:
- Subsidio por insuficiencia de cotización.
- Ayuda familiar.
- Subsidio para liberados de prisión.
- Subsidio para emigrantes retornados.
- Subsidio por revisión de una incapacidad permanente.
Cabe destacar que toda aquella persona desempleada que no renueve a tiempo su correspondiente ayuda asistencial, verá cómo el SEPE le multa y, en el peor de los casos, se la retira.
Los requisitos del SEPE para cobrar el mini paro de casi 500 euros
Bajo el afán de dar una cobertura económica a todos aquellos desempleados que agotaron la duración del paro, el SEPE impone un mínimo de exigencias para aquellos que necesitan cobrar el mini paro de 500 euros. Entre esos requisitos están:
- Estar en situación de desempleo y situación legal de desempleo.
- Permanecer inscrito como demandante de empleo durante todo el tiempo que dure la ayuda.
- Demostrar que se está en una búsqueda activa de empleo y suscribir el compromiso de actividad. Esto quiere decir que la persona no puede rechazar ninguna oferta de empleo, ningún curso ni ninguna reunión con la administración.
- No superar un límite de rentas mensuales. Los beneficiarios tienen que demostrar que no tienen unos ingresos superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (810 euros al mes).
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