Las sanciones del SEPE por no renovar la demanda de empleo del paro y los subsidios

El Servicio Público de Empleo Estatal contempla hasta cuatro tipos de sanciones cuando el desempleado olvida renovar la demanda de empleo, trámite imprescindible para cobrar el paro y los subsidios.

oficina de empleo del SEPE
Las 4 sanciones del SEPE por no renovar a tiempo la Tarjeta de Demanda de Empleo.
Isabel Gómez

Renovar la demanda de empleo, o lo que es lo mismo, “sellar el paro”, es un requisito imprescindible para cobrar la prestación contributiva de desempleo (el paro) o los subsidios por desempleo del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Sin embargo, hay personas que dudan de si es necesario renovar la demanda de empleo. No saben que tienen que hacer el trámite cada cierto tiempo o, simplemente, se les pasa el plazo. Es por eso que la administración avisa de cada cuánto y dónde hay que hacerlo para no tener que enfrentarse a sanciones.

Mantener activa la Tarjeta de Demanda de Empleo, conocida como tarjeta DARDE, es una condición fundamental. Un acto que debe hacerse cada tres meses a través de las oficinas regionales de empleo de cada comunidad autónoma, por ejemplo, el Servicio Andaluz de Empleo (SAE) en Andalucía.

No cumplir con este requisito, ya sea por desconocimiento u olvido, conlleva una serie de consecuencias negativas que podrían incluso culminar con la pérdida del paro o del subsidio por desempleo correspondiente. Así lo explica el SEPE en su plataforma web cuando avisa que “se iniciará un procedimiento sancionador por infracción leve que puede conllevar la pérdida de un mes de prestación”.

¿Qué pasa si olvido renovar la demanda de empleo?

Desde el organismo público avisan que, a partir del 2 de marzo de 2023, comienzan a llamarse la Agencia Estatal de Empleo, informando también de lo que el desempleado debe hacer si olvida renovar la demanda de empleo.

Es fundamental conocer cuánto tiempo ha transcurrido entre el que debería haberse hecho el trámite y la persona cae en la cuenta de su falta. Básicamente, para saber cómo actuar y a las posibles sanciones que puede enfrentarse.

Si no han transcurrido 24 horas desde que debía haberse renovado

Cuando la persona está en el día marcado por su tarjeta DARDE, hay que ir a la oficina de empleo más cercana para sellar, sin cita previa ni nada. Solo con explicar la situación, el funcionario correspondiente realizará el trámite.

Una opción más rápida y segura es hacer el procedimiento por Internet. Para ello es necesario acreditarse previamente con DNI electrónico, certificado digital o con los datos de usuario y contraseña web.

Si ha pasado un día desde que debería haberse sellado el paro

En este escenario, lo aconsejable es acudir a la oficina autonómica de empleo porque aunque no es a ciencia cierta, puede que el personal administrativo permita renovar la tarjeta sin sanción.

Si han pasado más de 24 horas desde que el plazo de renovación expiró

En esta caso, la administración pública entiende de forma automática que la persona no ha renovado la condición de demandante de empleo. El sistema se activa automáticamente, por lo que es imposible parar un expediente sancionador.

La recomendación consiste en acudir a la oficina de empleo autonómica del SEPE e informar de la situación para ver qué pasos se pueden dar. 

A través de Internet, cuando la plataforma ya no permita tampoco la renovación, es posible comprobar cuándo recibirá la persona la sanción. Tal y como marca la ley, hay un plazo de 15 días desde que se recibe la notificación de sanción del SEPE para hacer alegaciones sobre el porqué no se realizó el trámite. 

¿Cuáles son las sanciones del SEPE por no renovar la Tarjeta de Demanda de Empleo?

Los beneficiarios de la prestación contributiva por desempleo y los subsidios deben enfrentarse a unas sanciones administrativas leves en función del número de ocasiones en las que incurran en no sellar el paro en la fecha determinada. Consisten en las siguientes:

  • Cuando ocurre en una ocasión, la persona pierde un mes de prestación.
  • Cuando ocurre en dos ocasiones, la persona pierde tres meses de prestación.
  • Si ocurre en tres ocasiones, la persona pierde seis meses de prestación.
  • Si ocurre en cuatro o más ocasiones, la persona pierde definitivamente el paro o el subsidio por desempleo que estuviera percibiendo hasta ese momento.

Un aspecto a tener en cuenta es que las infracciones se cuentan dentro del mismo año natural. En otras palabras, si ha pasado más de un año desde que una persona cometió su primera falta, ya no contará como segunda, sino otra vez como primera.

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