El Ingreso Mínimo Vital (IMV) ya ha llegado a más de un millón y medio de personas en España en lo que va de 2024, tal y como recogen los datos de la Seguridad Social. Consiste en una prestación cuyo objetivo es subir la falta de recursos económicos con lo que deben contar las rentas más bajas, según el número de personas que convivan en la misma familia.
La cuantía de esta ayuda parte de los 600 euros para una sola persona y puede ascender hasta los 1.329 euros si se supera dicho límite. Sin embargo, por un simple error es posible ver cómo la Seguridad Social exige la devolución de estas cuantías, y no tiene que ver con sobrepasar el límite de rentas obligatorio en cada momento.
El error que puede ocasionar la pérdida del Ingreso Mínimo Vital
La Seguridad Social ha subrayado la necesidad de verificar que todos los datos de la solicitud sean correctos, haciendo especial énfasis en la dirección del solicitante. Un caso reciente ha sido clave para este recordatorio: el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Zaragoza dictaminó en contra de un solicitante que, tras un error en la dirección de su domicilio, no pudo recibir los pagos atrasados de la ayuda, pese a haber corregido el fallo en una solicitud posterior.
El TSJ confirmó que el solicitante incumplió uno de los requisitos clave al no proporcionar la información exacta en su primera solicitud, lo que impidió que la Seguridad Social reconociera los pagos retroactivos que le habrían correspondido.
La razón detrás de la denegación de la ayuda
El motivo específico de la denegación fue que el solicitante introdujo una dirección que no coincidía con su residencia real. Este simple error fue suficiente para que se rechazara el acceso a la prestación, considerada vital para muchas familias en situación de vulnerabilidad.
La Seguridad Social insiste en la necesidad de revisar minuciosamente todos los datos aportados en la solicitud, ya que cualquier equivocación puede resultar en la pérdida del derecho a recibir el IMV.
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