Los elegidos en las mesas electorales del 28M cobrarán las dietas más altas de la historia: ¿tributan?

Los presidentes y vocales elegidos para las mesas electorales del 28M recibirán las dietas más altas hasta el momento: 70 euros. ¿Se incluyen en la declaración de la Renta?

Un ciudadano votando en las elecciones
Los presidentes y vocales de las mesas electorales del 28M cobrarán las dietas más altas EFE
Esperanza Murcia

Miles de españoles votarán este domingo en las elecciones municipales y autonómicas del 28 de mayo. Algunos simplemente tendrán que acudir a su colegio electoral, otros ya han ejercido a su derecho a voto por correo, y otros tendrán que hacerlo a la vez que ejercen como presidentes y vocales de las mesas electorales. Esta última labor tiene su recompensa y este 2023 ha sido la mayor de la historia de España: nunca ha habido una dieta tan alta para estos elegidos

Los ciudadanos que hayan sido seleccionados, mediante sorteo público, como presidentes o vocales de mesa, perciben una dieta por desempeñar dichas funciones durante la jornada electoral. La cuantía de las mismas están reguladas por Orden Ministerial, a diferencia de la designación de miembros de la mesa, que corresponde a la Junta Electoral Central. 

Atendiendo a esta Orden Ministerial, que ha sido publicada en el Boletín Oficial del estado (BOE), los seleccionados en estas elecciones percibirán 70 euros. Supone una diferencia de 5 euros en comparación con los comicios anteriores, cobrándose lo mismo independientemente de si celebran una o dos elecciones

Es decir, aunque este domingo se pueda votar tanto para las municipales como para las autonómicas, se seguirán cobrando 70 euros. Ahora bien, ¿estas dietas tributan en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)?

Tributación de las dietas de las elecciones del 28M en la Renta

Tal como han explicado desde TaxDown, la plataforma web de asistencia y asesoría para la declaración de la Renta, las dietas que perciben los presidentes y vocales de las mesas electorales de las elecciones están exentas. Esto es, no tributan en el IRPF, por lo su cobro no afectará en el resultado de la declaración y no se tendrán que incluir en el ejercicio que se declara. Así, también, lo explica la Agencia Tributaria en su portal web

“Las dietas para los miembros de las mesas electorales, junto a otras dietas como las recibidas por candidatos a jurados, están exentas de IRPF y es importante tenerlo en cuenta para no incluir estos importes en nuestra declaración de la Renta”, ha explicado el CEO de TaxDown, Enrique García, en un comunicado. 

Reducción de jornada para los presidentes y vocales del 28M

Las personas que hayan sido elegidas presidentes o vocales en las elecciones del 28 de mayo y deban trabajar al día siguiente, el lunes 29, deben saber que tienen derecho a solicitar una reducción de su jornada de 5 horas, independientemente de si les tocaba trabajar el domingo o no. De esa forma, se compensa el esfuerzo realizado durante los comicios. 

Del mismo modo, aquellos que tengan que trabajar la noche del sábado al domingo (debido a que por su profesión realizan turnos de noche), también podrán pedir esta reducción de 5 horas, considerándose la víspera de un día a otro también jornada laboral del día electoral. 

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