
Hoy, miércoles 6 de abril, arranca la Campaña de la Renta. Todos los contribuyentes obligados a hacer la declaración tienen que presentar el ejercicio 2021, saldando cuentas con la Agencia Tributaria en lo que respecta al Impuesto de la Renta sobre las Personas Físicas (IRPF). En este sentido, hay que estar atentos a los plazos fijados en el calendario, variando las fechas dependiendo del método que se escoja para declarar este impuesto.
Y no solo tendrán que tener cuidado aquellas personas que, por ingresos, tienen la obligación de presentar la declaración de la Renta, sino también a las que les interese realizar este trámite, normalmente porque Hacienda les tiene que devolver dinero. En cualquier caso, es vital no cometer ningún retraso, pudiendo sufrir las consecuencias de presentarla fuera de plazo.
Ahora, el hecho de que hoy se abra el plazo para presentar las primeras declaraciones no significa que se puedan entregar todas. A partir de este miércoles, a través de la descarga del borrador de la declaración 2021, se pueden presentar las declaraciones elaboradas a través de internet. Para ello, es necesario entrar al “Servicio tramitación de borrador/declaración (Renta WEB)”, disponible en la sección especial de la Campaña de la Renta que ha habilitado la AEAT y al que se puede acceder pulsando en el enlace anterior.
Una vez dentro, será necesario registrarse en el sistema con certificado digital, Cl@ve o con el número de referencia. Después, solo habría que navegar por las distintas pestañas para ir rellenando los datos que aparecen en pantalla. Hay que decir que, aunque por defecto alguna información aparezca completa, conviene revisarla al detalle, ya que el envío de documentación incorrecta puede provocar distintas multas de Hacienda (como por ejemplo indicar un domicilio fiscal que no corresponde). También es posible efectuar este trámite mediante la aplicación de la Agencia Tributaria.
Resto de plazos para presentar la declaración de la Renta
Este miércoles 6 de abril se abre el plazo para presentar las declaraciones efectuadas por internet, pero hay otras fechas disponibles para rendir cuentas con la Agencia Tributaria. En concreto, la próxima cita tendrá lugar el próximo 5 de mayo, cuando se podrá realizar la declaración de la Renta por teléfono, para lo que se tendrá la ayuda del personal de Hacienda. No obstante, cabe señalar que, de escoger este método, se necesita pedir cita previa, pudiendo hacerlo desde el 3 de mayo hasta el 29 de junio.
La siguiente fecha importante llegará el 1 de junio, donde ya se podrán presentar las declaraciones de forma presencial en las oficinas de Hacienda. Como en el caso anterior, también se necesita cita previa, pudiendo solicitarla desde el 26 de mayo hasta el 29 de junio. En ambas situaciones, si se elige confeccionar el borrador por teléfono o presencialmente, habrá que pedir la cita llamando a alguno de estos números: 901 12 12 24, 91 535 73 26, 901 22 33 44 y 91 553 00 71. Se aconseja, eso sí, llamar lo antes posible, ya que las citas son limitadas.
¿Hasta cuándo se puede presentar la declaración de la Renta?
Independientemente del método que se escoja (por internet, presencial o vía telefónica), se tiene hasta el 30 de junio para presentar la declaración de la Renta. Una excepción es el caso de los contribuyentes con resultado a ingresar, que si quieren domiciliar el pago podrán presentarla hasta el 27 de junio. Todas aquellas que se entreguen después de este límite, se considerarán que se han presentado fuera de plazo.

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