Ya inmersos en la Campaña de la Renta, no son pocas las preguntas que giran en torno a la confección del borrador 2021. Una de ellas es consecuencia directa de los nuevos métodos de pago: cuándo hay que declarar los ingresos realizados a través de Bizum. La popularidad de este servicio es incuestionable, y ha desbancado a las transferencias bancarias por la inmediatez del sistema. Por ello, es importante saber cómo se aplica en la declaración de la Renta.
En primer lugar, decir que los pagos efectuados por Bizum están sujetos al control fiscal y, de hecho, tributan de la misma forma que otros canales financieros como son las citadas transferencias. Por ese motivo, si la Agencia Tributaria lo requiere, los bancos pueden informar a Hacienda de las operaciones que se han ejecutado mediante la misma.
Al respecto, hay que recordar de que se trata de una aplicación integrada en los bancos, por lo que es lógico que Hacienda pueda acceder fácilmente a estos movimientos. Ahora bien, como norma general, las operaciones (ingresos y envíos de dinero) elaborados con Bizum no tienen que declararse en la Renta. Solo habrá que hacerlo si se superan los límites que establece el Fisco para estas transacciones.
Cuándo hay que declarar los ingresos por Bizum en la Renta
Las operaciones que se realizan a través de Bizum hay que incluirlas en la declaración de la Renta cuando se superan los límites impuestos por la Agencia Tributaria para este tipo de transacciones. Este ‘tope’ máximo es de 10.000 euros, por lo que todos los pagos que rebasen dicha cantidad tienen que declararse obligatoriamente, y es la persona que envía el dinero quien debe hacerlo.
Como se puede intuir, es una cuantía que pocos contribuyentes mueven a diario. Tanto es así que la mayoría de entidades bancarias no permiten enviar ese dinero mediante la aplicación, sino que lo fijan como máximo en 500 euros mensuales. Además, suelen limitar el número de operaciones que se pueden hacer en un mismo mes. En este artículo se explica claramente cuáles son las cantidades máximas de dinero que se pueden enviar por Bizum.
Siguiendo con la declaración de la Renta, las personas que, de algún modo, realicen un pago por Bizum o transferencia bancaria superior a los 10.000 euros y no lo declaren, podrán ser sancionados por Hacienda. La cuantía de estas multas puede alcanzar el 25% de lo que se haya ingresado, es decir, del dinero recibido. Por ejemplo, si se hubieran enviado 15.000 euros, la multa podría llegar a los 3.750 euros.
Por último, cabe recordar que aquellas empresas o autónomos que ofrezcan Bizum como método de pago a sus clientes, tendrán que saber que estos movimientos se contabilizan como cualquier otro pago. Por ello, en caso de recibirlos en su cuenta personal, tendrán que detallar cuidadosamente estos movimientos, ya que Hacienda podría solicitar el origen de dichos ingresos en cualquier inspección.
Cuándo se presenta la declaración de la Renta
La Campaña de la Renta comenzó el pasado 6 de abril, con la entrega de las declaraciones a través de internet. Es el método más usado actualmente y no necesita de cita previa, pudiendo presentarlas mediante este método hasta el 30 de junio. El resto de plazos corresponden a las siguientes fechas:
- Del 5 de mayo al 30 de junio: confección de las declaraciones por teléfono, con la ayuda del personal de la Agencia Tributaria. Se necesita cita previa, pudiendo pedirla desde el 3 de mayo hasta el 29 de junio.
- Del 1 al 30 de junio: presentación de las declaraciones de forma presencial en las oficinas de Hacienda. También se necesita previa, pudiendo realizar la solicitud desde el 26 de mayo hasta el 29 de junio.
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