Hacienda confirma una adaptación del IRPF con el nuevo SMI que supone un ahorro en las retenciones

El Ministerio de Hacienda ha aprobado en Consejo de Ministros una rebaja fiscal para todos los contribuyentes que cobren el salario mínimo en 2024.

María Jesús Montero, ministra de Hacienda
Hacienda confirma una adaptación del IRPF con el nuevo SMI EFE
Isabel Gómez

El consejo de ministros de este martes, 6 de febrero de 2024, no solo ha traído novedades conforme a la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) a los 1.134 euros. Paralelamente a ella, la vicepresidenta primera del Gobierno, María Jesús Montero, ha confirmado las sospechas y ha anunciado que Hacienda elevará el mínimo exento en el IRPF por dicha subida. 

Con el fin de introducir esta ventaja fiscal anunciada hace unos días, Montero ha explicado que se ha aprobado elevar el mínimo exento en 2024 desde los 15.000 euros hasta los 15.876 euros, es decir, la cifra equivalente al salario mínimo anual en 14 pagas. ¿Esto cómo se traduce en el bolsillo de los contribuyentes? Pues en que los ciudadanos afectados, como trabajadores o pensionistas de una pensión contributiva, vean reducidas sus retenciones o ingresos a cuenta.

A efectos prácticos, esto supone un ahorro de hasta 1.385 millones de euros a los contribuyentes con las rentas más bajas y beneficiará a unos 5,2 millones de personas. Esta modificación quedará recogida en el proyecto de ley de los próximos Presupuestos Generales del Estado. Mientras sale o no adelante, se modificará el reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, “de forma inmediata”, ha apuntado Montero.

Cómo afecta este acompañamiento del SMI para los contribuyentes en el IRPF

Tal y como apuntan desde Europa Press, esta modificación del reglamento sube esos ingresos sin retención hasta equipararse al SMI, pero según si el contribuyente está casado o tiene un hijo, ese mínimo exento puede ser mayor.

Para entenderlo con un ejemplo, para una persona casada y con un cónyuge que obtenga rentas superiores a los 1.500 euros, excluidas las exentas, con un hijo, el mínimo exento será de 16.342 euros, mientras que con dos o más descendientes, será de 16.876 euros.

Si la persona es soltera, viuda, divorciada o separada legalmente, con un hijo, ese mínimo exento será de 17.644 euros, mientras que si tiene dos o más hijos, será de 18.694 euros. 

En las situaciones donde la persona casada tenga un cónyuge con unos ingresos anuales inferiores a esos 15.000 euros, excluidas las exentas, el mínimo impositivo será de 17.197 euros. Si tuviera un hijo, el mínimo será de 18.130, mientras que si tiene dos o más, sería de 19.262 euros.

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