Hacienda avisa de por qué las pensiones de incapacidad permanente no deben hacer la declaración de la Renta

La Agencia Tributaria advierte que esta exención de presentar la declaración de la Renta solo afecta a dos modalidades de pensión contributiva. Así es cómo tributa el resto.

Oficina de la Agencia Tributaria
Por qué las pensiones de incapacidad permanente no deben hacer la declaración de la Renta
Isabel Gómez

La Seguridad Social obliga a los beneficiarios de una pensión contributiva a presentar la declaración de la Renta 2022. Llega la campaña en apenas un mes, del 11 de abril al 30 de junio de 2023, por lo que los pensionistas deben presentarla en apenas un mes cuando quieran hacerlo por Internet. Sin embargo, hay algunos de ellos que no están obligados. Hacienda avisa de por qué las pensiones de incapacidad permanente no deben hacer la declaración de la Renta.

Pese a sobrepasar con el límite de rentas que obligan a la presentación del borrador, hay dos grupos de pensionistas con incapacidad que no tiene por qué hacerlo, como también informan desde la Agencia Tributaria.

Dentro de los cuatro grupos que existen en la modalidad de la pensión de incapacidad permanente, no todos estarán libres de la obligación sobre la presentación de la Renta que se ingresó durante el pasado año 2021 y lo que va de 2022. Solo existen dos tipos de pensión que no tendrá por qué presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). 

La Agencia Tributaria ahonda más en el tema cuando explica que las dos únicas modalidades de incapacidad exentas de presentar el borrador son las incapacidades permanentes de modalidad absoluta y de gran invalidez. Ambas coinciden en que el pensionista tiene que abandonar su actividad laboral debido a que tienen una gran dificultad para realizar cualquier trabajo. Pero no solo eso, sino que además, también les es costoso efectuar acciones esenciales dentro de su vida cotidiana.

Cuál es el motivo por el que no tienen que presentar la declaración de la Renta

El motivo por el que los pensionistas con incapacidad absoluta y gran invalidez no deben presentar la declaración de la Renta es sencillo. La respuesta le toca a la Seguridad Social. El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) explica que básicamente no tendrán que hacerlo porque son de las pocas pensiones que no tributan por el IRPF, lo que hace que estos beneficiarios cobren el 100% de la pensión.

En cuanto a este tema, han dado su opinión desde el bufete de abogados especializado en incapacidad laboral, Velázquez y Villa, al informar que “es importante destacar que la exención no es respecto a todos los ingresos, sino solo los que afectan a la pensión”. Si se ve con un ejemplo, si además de una pensión por incapacidad absoluta se cobran unas rentas por un piso alquilado, sí deberá pagarse el IRPF por las rentas de alquiler, pero no por las de la pensión.

Además, aunque sea difícil por la falta de modalidad, con una minusvalía en grado absoluto o de gran invalidez, la persona puede trabajar. Los ingresos recibidos de esa actividad sí que están sujetos a IRPF. Desde el bufete añaden que esto no es lo más común, pero sí que existen trabajadores.

¿Cómo tributan el resto de incapacidades el IRPF?

Visto lo anterior, solo las incapacidades de la modalidad parcial y total son las que tributan por el IRPF, pero, ¿cómo lo hacen? Desde el bufete de abogados especializado en incapacidad laboral, Velázquez y Villa, informan que en el caso de incapacidad total “todo pensionista tiene la consideración como mínimo de una persona con discapacidad del 33%. Esto significa que el mínimo personas y familiar aumentará 2.316 euros más.

Una cifra que sale del siguiente supuesto, según los abogados especializados. “El mínimo personal y familiar es la cantidad genérica sobre la que no se graban las rentas. En general son 5.150 euros y para los pensionistas será de 7.466 euros. Se considera que es la cantidad mínima que necesita una persona para vivir, solo se paga impuestos por el exceso a esas cantidades. A la práctica, supondrá que un pensionista de incapacidad pagará menos por IRPF”.

En cuanto a la tributación de la incapacidad parcial, también se va a explicar mediante un ejemplo. “Si un trabajador cotiza por 2000 euros mensuales y le reconocen una incapacidad parcial, tendrá derecho a una indemnización de (24×2000) 48.000 euros. ¿Debe pagar IRPF? La respuesta es sí. La indemnización se considera una renta del trabajo, por lo tanto, el porcentaje a pagar será en función de lo cobrado durante ese año. Al ser una indemnización percibida de forma irregular se permite una reducción del 30%.”

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