Cómo solicitar el borrador de la Renta 2022-2023: estos son los pasos necesarios

A partir del próximo 11 de abril, se podrá solicitar el borrador de la declaración para su presentación por Internet en la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Estos son los pasos necesarios para obtenerlo.

Oficina de la Agencia Tributaria
Cómo obtener el borrador de la declaración de la Renta Europa Press
Esperanza Murcia

La Campaña de la Renta 2022, que es la declaración que toca presentar este año, comenzará el próximo martes 11 de abril, después de las vacaciones de Semana Santa. Será entonces cuando los contribuyentes podrán obtener el borrador para la autoliquidación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) del ejercicio 2022, que es el que toca presentar este año a la Agencia Tributaria.

Este borrador, mediante el que se presenta la declaración de la Renta, incluye los datos personales, familiares y económicos del contribuyente, así como las retenciones de IRPF que se le han ido aplicando en dicho ejercicio. Estas son, en última instancia, las que determinan el resultado de la declaración: si han sido menores, saldrá a pagar, mientras que si han sido superiores de lo que correspondía, saldrá a devolver.

Todavía no se puede descargar el borrador, disponible a partir del 11 de abril, cuando comienza la campaña, pero sí se conoce el procedimiento que tendrán que seguir los contribuyentes que quieran presentar la declaración de la Renta por internet. De ese modo, se puede estar preparado para cuando llegue la fecha. A lo que sí se puede acceder ya es al simulador de Hacienda, que permite adelantarse al resultado (aunque se trate de una aproximación y no sea vinculante con la declaración real).

Pasos para obtener el borrador de la declaración de la Renta

El primer paso para obtener el borrador de la declaración de la Renta que se presenta este año, es entrar al apartado ‘Campaña de Renta 2022’ de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria. En este espacio, dentro de ‘Gestiones destacadas’, habrá que seguir estos pasos:

  • Pulsar en la opción “Servicio de tramitación borrador /declaración (RENTA WEB)”, que se habilitará el 11 de abril.
  • Registrarse mediante certificado digital, DNI electrónico o sistema clave. También será posible acceder mediante el número de referencia.
  • Completado el registro, indicar si se actúa en nombre propio o como representante de otra persona física.
  • Al hacerlo, es posible que aparezca automáticamente completados los datos en el borrador. No obstante, siempre hay que revisarlos, pestaña por pestaña, ya que pueden estar equivocados.
  • Una vez que se han revisado todos los datos, se puede confirmar el borrador para presentarla.
  • En este punto, habrá que indicar un número de cuenta bancaria mediante la que se pagará la declaración, si sale a pagar, o se ingresará el dinero, si el resultado es a devolver. Se puede seleccionar, asimismo, el método de pago.

En caso de que se haya accedido al borrador previamente, pero no se haya llegado a confirmar, por lo que no está presentada, se puede acceder a este servicio para continuar con el proceso. Antes de presentarla, también se permite modificar los datos. En caso de encontrar errores una vez presentada, se tendrá que solicitar la rectificación de la declaración en caso de que el perjuicio sea para el contribuyente. Por el contrario, si la perjudicada es Hacienda, se tendrá que presentar una declaración complementaria.

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