Cuánto se cobra de baja médica por incapacidad temporal en la Seguridad Social

La cuantía de una baja por incapacidad temporal dependerá de la base reguladora y de la duración de la misma.

Isabel Gómez

En el momento en el que un trabajador queda afectado por una enfermedad o accidente, la Seguridad Social o mutua correspondiente le protege con una ayuda económica por el cese de actividad. Es por eso que muchos dudan sobre cuánto es posible cobrar de baja médica y durante cuánto tiempo pueden recibirla. Algo a lo que la administración pública ha querido dar respuesta.

Ese derecho a cogerse una baja realmente corresponde con el cobro de una prestación por incapacidad temporal de la Seguridad Social, algo que debe ser concedido por el médico de la sanidad pública o mutua. Un derecho que tienen todos los trabajadores al cotizar en cada mensualidad por contingencias comunes. 

Así, el artículo 42 del Estatuto de los Trabajadores recoge que si la persona sufre una enfermedad o accidente que le incapacita para realizar su trabajo con normalidad, es una de las situaciones en las que el organismo obliga a proteger al ciudadano que ha venido realizando cotizaciones previas.

Cuánto se cobra por incapacidad temporal

No es una cuantía fija. Esta presenta variaciones en función de varios factores. Lo que sí asegura la normativa legal son unos porcentajes mínimos que varían en función del origen de la incapacidad y del tiempo de duración de la baja. Así:

  • Cuando proviene de una enfermedad común o accidente no laboral, el empresario paga el 60% de la base reguladora a partir del cuarto día hasta el 15. Desde el día 16 hasta el final se encarga la Seguridad Social. Desde el día 21, recibe el 75% de la base reguladora.
  • Cuando proviene por una enfermedad profesional o accidente laboral, desde el primer día la persona cobra el 75% de la base reguladora por parte de la empresa.

¿Cómo se calcula la base reguladora cuando estás de baja médica?

La base reguladora se calcula dependiendo de si esta proviene de una enfermedad común o accidente no laboral o enfermedad profesional o accidente laboral, siguiendo este método:

  • Cuando proceda de una enfermedad común o accidente no laboral, se divide entre 30 el importe de la base de cotización del mes anterior a la incapacidad.
  • Cuando procesa de una enfermedad profesional o accidente laboral, se suman dos cosas: las bases de cotización del mes anterior dividida por el número de días (sin horas extra) a la cotización por horas extra del año natural anterior, dividido entres 365 o los días trabajados ese año, en caso de ser menor.

Lo fundamental en este punto es comprobar qué queda recogido en el convenio colectivo respectivo o el contrato del empleado.

Duración máxima

El tiempo máximo por el que un trabajador tiene derecho a contar la incapacidad temporal es de 360 días, es decir, un año. Sin embargo, esto puede prorrogarse 180 días más (seis meses) siempre que sea posible demostrar signos de recuperación.

Una vez que pase ese tiempo, si la persona no mejora de su minusvalía, tiene el derecho a solicitar una pensión de incapacidad permanente.

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