
Cuando los trabajadores sufren alguna enfermedad o accidente, es posible que al acudir a su médico, este determine la necesidad de que se acoja a una incapacidad temporal, es decir, la baja médica. En el caso de que la situación se alargue, la Seguridad Social le ofrece la oportunidad de cobrar la prestación hasta un año, aunque si no hay mejoría, puede derivar en una pensión de incapacidad permanente parcial o total.
En función del tipo de incapacidad laboral que se necesite, hay que cumplir con una serie de requisitos previos, ya que esa incapacidad sigue cotizando en el sistema contributivo español al ser una pensión contributiva. En estos casos, los trabajadores deben estar inscritos en la Seguridad Social o mutua privada, haber cotizado un periodo mínimo requerido y no haber alcanzado la edad de jubilación.
Cabe mencionar que en los casos en los que la situación se alargue a más de 365 días de baja laboral, el enfermo puede acudir al Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) para solicitar la pensión que, como mínimo, tendrá como resultado un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
Las diferencias entre la incapacidad parcial y total
La Seguridad Social explica que la incapacidad temporal corresponde con la que impide trabajar temporalmente, es decir, entre un mínimo de tres días y un máximo de 365 días. Por el contrario, la incapacidad permanente, ya sea parcial o total, supone que la persona no pueda volver al mismo puesto de trabajo que le originó la incapacidad.
Ahora bien, en el momento en el que se habla de incapacidad parcial, no hay que confundirla con una lesión temporal que tiene cura rápidamente y es posible reincorporarse al trabajo. La permanente debe ser una enfermedad o accidente definitivo, con una recuperación de al menos dos años.
El Equipo de Valoración de incapacidades volverá a citar a la persona para ver su evolución y comprobar si ha habido una mejora, está igual o se ha producido un empeoramiento. Se espera que la lesión sane con el tiempo, pero, en múltiples ocasiones, los trabajadores quedan incapacitados definitivamente y pueden volver a trabajar, pero no en el mismo puesto que le provocó la minusvalía.
¿Cuánto se cobra por incapacidad temporal?
Como informa desde la plataforma web de la Seguridad Social, la cantidad a cobrar por incapacidad temporal varía en función de si es una enfermedad común o profesional o si es un accidente laboral o no.
En los casos de enfermedad común y accidente no laboral, la persona tiene derecho a cobrar el 60% de la base reguladora desde el cuarto día de la baja médica hasta el día 20. A partir de ese momento y hasta el día 365, percibe el 75% de la base reguladora.
Si es por enfermedad profesional o accidente de trabajo, recibe el 75% de la base reguladora desde el día siguiente al de la baja médica.

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