Cogerse una baja médica es un derecho de cualquier empleado cuando sufre una enfermedad o accidente, y está recogido en el Estatuto de los Trabajadores. La Seguridad Social establece un límite de días que un trabajador puede tener incapacidad temporal. Tras este plazo, pasaría a ser incapacidad permanente. De esta manera, el tiempo máximo que se puede estar de baja por incapacidad temporal es de 365 días prorrogables por otros 180 más, si el médico cree que la persona afectada puede curarse en esa ampliación.
La explicación a que se establezcan estos plazos es que un trabajador no puede estar de baja médica para siempre. El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) protege a los afiliados de otra manera cuando la lesión o la enfermedad perdura durante años. En concreto el afectado debe solicitar la pensión contributiva de incapacidad permanente, o la pensión no contributiva de invalidez si no ha cotizado lo suficiente.
Tiempo máximo que se puede estar de baja médica por incapacidad temporal
La Ley General de la Seguridad Social establece en el artículo 169 que el tiempo máximo que se puede estar de baja por incapacidad temporal es de 365 días. No obstante, se pueden prorrogar 180 días más si el médico considera que en el transcurso de periodo el afectado puede curarse y reincorporarse a su puesto de trabajo.
Por lo que, en total, una persona puede estar de baja médica hasta 545 días. Si en ese plazo no se ha curado, es imposible alargarla más. En estos casos la Seguridad Social inicia el expediente de incapacidad permanente.
Cuando la incapacidad temporal haya sido por una enfermedad o accidente de trabajo, el tiempo máximo de observación de las dolencias es de 180 días, que se pueden ampliar en 180 más.
¿Qué es la prestación por incapacidad temporal?
La Seguridad Social protege con una prestación a los trabajadores que no pueden acudir a su puesto de trabajo porque están enfermos o han sufrido un accidente, sea en el trabajo o no. La prestación por incapacidad temporal es una retribución económica diaria para cubrir la pérdida de la nómina. Los beneficiarios son todos los trabajadores incluidos en la Seguridad Social que cumplan los requisitos que estipulan.
Requisitos para cobrar la incapacidad temporal
Los requisitos para poder cobrar una baja médica por incapacidad temporal son los siguientes, según la Seguridad Social:
- Los menores de 21 años no tienen un periodo mínimo exigido de cotización para la paga por incapacidad temporal.
- Entre los 21 y 26 años. Se exigen por lo menos 90 días cotizados en los 7 años anteriores desde que comenzó la baja, o 180 días cotizados en total a lo largo de su vida laboral.
- Mayores de 26 años. Haber cotizado 180 días en los 7 años anteriores, o 360 días cotizados en su vida laboral.
- A la prestación por baja médica puede acceder cualquier trabajador que esté de alta en la Seguridad Social, en el Régimen General, Trabajadores del MAR, o autónomos (RETA) y los que están en el sistema especial de trabajadores agrarios.
Dependiendo de lo que haya elegido el empresario, quienes reconocen y pagan la incapacidad temporal pueden ser:
- El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o el Instituto Social de la Marina (ISM).
- La mutua con la que colabore.
- Personas que se hayan autorizado para colaborar de forma voluntaria en la gestión de la incapacidad permanente.
¿Qué día paga la Seguridad Social la prestación por incapacidad temporal?
Quien esté en situación de baja médica se preguntará qué día paga el INSS la incapacidad temporal. La Seguridad Social paga la baja médica el último día hábil de cada mes. Cuando cae en festivo, se adelante un día el pago para que el beneficiario lo tenga en el plazo que lo espera y pueda hacer frente a sus gastos.
¿Cuánto voy a cobrar si estoy de baja?
El dinero que se cobrará estando de baja depende de cuál ha sido su origen y duración. Estas son las claves para saber cuánto te van a ingresar:
- Incapacidad temporal por enfermedad común o accidente no laboral. Se cobra el 60% de la base reguladora entre los días 4 y 15, y el pago lo hace la empresa. A partir del día 16 ya le corresponde a la Seguridad Social, pero el importe es el mismo.
- A partir del día 21 de baja se cobra el 75% de la base reguladora de la nómina.
- Cuando la baja ha sido provocada por un accidente o enfermedad laboral, empieza a cobrar al día siguiente y se recibe el 75% de la base reguladora, siendo la empresa la encargada de pagar.
Cómo saber cuánto me corresponde de prestación por incapacidad temporal
No puedes conocer cuánto vas a cobrar estando de baja médica si no conoces la base reguladora de tu nómina, porque depende de ella totalmente. Además, variará según si es por causas laborales o no:
- Cuando es por enfermedad común o accidente no laboral la base reguladora de la nómina se calcula con la base de cotización del mes anterior al que se inició la incapacidad. La cantidad se divide entre 30, aunque a veces varía entre 28 y 31 si se tiene en cuenta el salario diario. Si la persona afectada hubiese empezado ese mes a trabajar, la base de cotización es la de ese mismo y se divide por los días que ha cotizado.
- Si es por accidente o enfermedad laboral hay que sumar:
Base de cotización del mes anterior (sin horas extras) / el total de días del mes + cotización por horas extras del año anterior / 365 días o días trabajados si no ha sido un año completo.
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