El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, presidido por Isabel Díaz Ayuso, ha aprobado un aumento de 3,2 millones de euros para la dotación anual destinada a pagar las ayudas económicas por gestación, nacimiento y adopción. Con este incremento, el presupuesto que se destina a estas prestaciones alcanzará los 128,7 millones de euros en 2026.
El Ejecutivo ya paga una ayuda de 500 euros al mes desde la semana 21 de embarazo y hasta que el menor llega a los 2 años, lo que supone recibir 14.500 euros durante un periodo de 29 meses.
La medida cubre también los casos de adopción y, desde que comenzó a abonarse, ha concedido 31.157 ayudas con un presupuesto de 361,1 millones de euros para el fomento de la natalidad, como publican en la web de la Comunidad.
Las actuaciones están dentro de las 80 medidas que ha desarrollado la región de Díaz Ayuso, dentro de la estrategia de protección a la maternidad y paternidad y al fomento de la natalidad y la conciliación 2022/2026 del Ejecutivo autonómico. En total, el presupuesto es de 4.800 millones de euros, lo que coloca a Madrid a la cabeza en número de nacimientos en España, con una subida del 3,3% según los datos recientes del INE.
Requisitos para cobrar la ayuda de 500 euros en Madrid
Los requisitos para cobrar esta ayuda son, para empezar, tener hasta 30 años, contar con residencia legal en España y haber estado empadronado en la Comunidad de Madrid al menos durante 5 años dentro de los 10 anteriores a la solicitud. Deberán mantener la residencia en la Comunidad de Madrid durante el tiempo en que estén cobrando la ayuda.
Además, podrán pedirla mujeres que se encuentren a partir de la semana 21 de embarazo, que hayan sido madres de hijos de hasta 24 meses, o que hayan adoptado un menor desde enero de 2022.
Se tendrá en cuenta el nivel de ingresos y la renta anual no puede ser mayor de 30.000 euros de tributación individual o 36.200 cuando se trata de unidades familiares. La Comunidad de Madrid toma como referencia el IRPF del último ejercicio fiscal cerrado en el momento en que se presenta la solicitud.
Cómo solicitar y cobrar la ayuda
La solicitud se podrá hacer tanto de forma presencial como telemática a través de la sede Electrónica de la Comunidad de Madrid en el apartado de ayudas, becas y subvenciones. Una vez que se haya registrado el seguimiento, se hará desde la cuenta digital donde el posible beneficiario podrá consultar el estado de la tramitación, aportando la documentación adicional y recibiendo las notificaciones correspondientes.
El plazo de resolución es de tres meses y, en caso de no recibir respuesta, se entiende como desestimada. Las notificaciones se suelen recibir a través de la Sede Electrónica, pero también está la opción de solicitar que lleguen al domicilio.

