El Ministerio de Trabajo y Economía Social liderado por Yolanda Díaz teníamos, entre otras propuestas, dos metas para este año 2025. Por un lado, subir el salario mínimo interprofesional (SMI) a los 1.184 euros para situarlo con el 60% de salario medio, tal y como recoge la Carta Social Europea y, por otro lado, reducir la jornada laboral a las 37,5 horas semanales, algo que en principio se prevé que ocurra antes del 31 de diciembre de este año. Así, la pregunta es obligada para los 12 millones de trabajadores que serán verán beneficiados por esta medida y es ¿cómo quedará el salario mínimo cuando se aplique la reducción de la jornada?
Lo primero que hay que dejar claro es, que la reducción de la jornada todavía no esta aprobada. Es decir, primero debe pasar por el Consejo de Estado y por el Consejo Económico y Social. Una vez recibidos los informes de ambos organismos, se aprobará nuevamente en el Consejo de Ministros, pero esta vez ya como proyecto de ley. Una vez esto, se enviará al Congreso de los Diputados, donde deberá ser convalidada. En el caso de aprobarse, entraría en vigor la medida mediante publicación en el Boletín Oficial del Estado.
A pesar del largo recorrido que todavía queda, Yolanda Díaz y su ministerio tiene la convicción de que saldrá adelante la medida. Así, una vez, aprobada la medida, los trabajadores a 40 horas semanales verán reducida su jornada laboral 2,5 horas semanales, por lo que el precio por hora trabajada aumentará.
Cómo afecta la reducción de la jornada laboral sobre el SMI
El Salario Mínimo Interprofesional en 2025 está fijado en los 16.576 euros anuales, que repartidos en catorce pagas son 1.184 euros mensuales, más dos nóminas extraordinarias. En el caso de cobrar el sueldo con las pagas extras prorrateadas, el salario aumentará hasta los 1.381,33 euros mensuales.
De esta forma, salario por hora trabajada se situaría 9,26 euros en 12 pagas. Así, el salario mínimo diario se situaría en los 39,47 euros brutos (56,08 euros en el caso de los trabajadores eventuales del campo).
Como hemos dicho, el salario mínimo no se ve afectado por la reducción de la jornada laboral, es decir, que aunque este baje el SMI seguirá siendo el mismo 15.876 euros al año. De tal forma, que con la reducción de la jornada, el SMI por hora trabajada pasaría a situarse en los 9,75 euros por hora cuando la jornada llegue a las 37,5 horas.
Jornada semanal | SMI mensual (14 pagas) | SMI por hora |
---|---|---|
40 horas | 1.184 € | 9,26 € |
37,5 horas | 1.184 € | 9,88 € |
En el siguiente listado se puede consultar como quedaría el salario mínimo por hora trabajada a 37,5 horas.
Jornada laboral | SMI a 40 horas | SMI a 37,5 horas |
---|---|---|
40 horas | 1.381,33 € | —- |
39 horas | 1.346,79 € | — |
38 horas | 1.312,26 € | — |
37,5 horas | —— | 1.381,33 € |
37 horas | 1.277,73 € | 1.362,91 € |
36 horas | 1.243,19 € | 1.326,07 € |
35 horas | 1.208,66 € | 1.289,23 € |
34 horas | 1.174,13 € | 1.252,39 € |
33 horas | 1.139,60 € | 1.215,55 € |
32 horas | 1.105,06 € | 1.178,71 € |
31 horas | 1.070,53 € | 1.141,88 € |
30 horas | 1.036,00 € | 1.105,04 € |
29 horas | 1.001,46 € | 1.068,20 € |
28 horas | 966,93 € | 1.031,36 € |
27 horas | 932,40 € | 994,52 € |
26 horas | 897,46 € | 957,59 € |
25 horas | 863,33 € | 920,36 € |
24 horas | 828,80 € | 883,52 € |
23 horas | 794,26 € | 846,68 € |
22 horas | 759,73 € | 809,84 € |
21 horas | 725,20 € | 773,01 € |
20 horas | 690,67 € | 736,17 € |
19 horas | 656,13 € | 699,33 € |
18 horas | 621,60 € | 662,49 € |
17 horas | 587,07 € | 625,65 € |
16 horas | 552,53 € | 588,81 € |
15 horas | 518,00 € | 551,98 € |
14 horas | 483,47 € | 515,14 € |
13 horas | 448,93 € | 478,30 € |
12 horas | 414,40 € | 441,46 € |
11 horas | 379,87 € | 404,62 € |
10 horas | 345,33 € | 367,78 € |
9 horas | 310,80 € | 330,95 € |
8 horas | 276,27 € | 294,11 € |
7 horas | 241,73 € | 257,27 € |
6 horas | 207,20 € | 220,43 € |
5 horas | 172,67 € | 183,59 € |
4 horas | 138,13 € | 146,75 € |
3 horas | 103,60 € | 109,92 € |
¿Cómo se establece el salario mínimo interprofesional cada año?
El salario mínimo interprofesional y la subida se hace conforme a lo que viene regulado en el artículo 27.1 del Estatuto de los trabajadores, el cual se puede consultar en este Boletín Oficial del Estado (BOE). Para determinar la subida del SMI, se tienen en cuenta diversos elementos como el Índice de Precios al Consumo (IPC), la productividad del país, la participación del trabajo en la renta nacional y la coyuntura económica general. Este procedimiento permite ajustar el salario mínimo a las condiciones socioeconómicas de cada ejercicio.
Desde hace cuanto no se reduce la jornada laboral en España
La jornada laboral máxima en España no ha sido modificada en más de 40 años. La última gran reducción se produjo en 1983, tras la llegada al poder del primer gobierno socialista de la democracia, encabezado por Felipe González. Una de sus principales promesas electorales fue establecer una jornada semanal de 40 horas, sin reducción salarial, y ampliar las vacaciones a 30 días naturales, compromisos que se materializaron en el primer año de legislatura.
Antes de esa reforma, en 1980, el recién aprobado Estatuto de los Trabajadores permitía jornadas de hasta 43 horas semanales si eran partidas y de 42 horas si eran continuadas. Además, aún quedaba reciente la jornada de 48 horas semanales, vigente hasta 1976, cuando se redujo a 44. En apenas seis años, entre 1976 y 1983, se encadenaron tres reformas que rebajaron de forma notable el tiempo legal de trabajo.
El recorte a 40 horas generó una fuerte reacción por parte de la patronal, liderada entonces por la CEOE, que mostró su rechazo frontal a la medida y cuestionó su constitucionalidad. También provocó tensiones con los sindicatos, especialmente con UGT, históricamente vinculado al PSOE, y que rompió relaciones con el partido a raíz de los desacuerdos en la aplicación de la jornada máxima.
Desde entonces, no se ha producido ninguna reducción adicional en la jornada legal ordinaria, que se ha mantenido en las 40 horas semanales durante más de cuatro décadas. Ahora con la aprobación de la reducción de la jornada laboral a 37,5 horas semanales supondría la primera modificación real desde 1983, es decir, después de 42 años.

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