La ayuda para las personas mayores de 45 años sin cargas familiares es aquel subsidio económico que destina el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) a los desempleados de larga duración. Esta prestación económica es una ayuda del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) para desempleados que han agotado la prestación contributiva por desempleo (el paro), tienen más de 45 años de edad, carecer de ingresos suficientes y no tienen cargas familiares.
En el caso de reunir los requisitos y tener cargas familiares deberán ir al siguiente apartado, donde se explica cómo solicitar la Ayuda Familiar. Esta es una prestación de igual importe (480 euros) y se va prorrogando cada seis meses con una duración máxima de 30 meses, dependiendo del paro consumido.
Requisitos para solicitar la ayuda
Para acceder al subsidio para mayores de 45 años, se debe cumplir con unos requisitos especificados en la web del SEPE, siendo los siguientes:
- Tener cumplidos 45 años de edad en el momento de presentar la solicitud.
- Haber agotado la prestación por desempleo de nivel contributivo y llevar inscrito como demandante de empleo durante al menos un mes desde que se agotó el paro. Este periodo se le conoce como el mes de espera.
- Seguir en situación legal de desempleo.
- Que el solicitante carezca de rentas superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional (SMI) que para 2023 se sitúa en los 750 euros al mes. Este requisito no es imprescindible aportar en el momento de la solicitud, pero el SEPE lo podrá requerir mediante la declaración anual de rentas.
- Firmar un compromiso de actividad. Es decir, que el solicitante deberá participar en todas las acciones formativas que lo ayuden a encontrar empleo.
- No tener cargas familiares.
Durante el mes de espera si se rechaza una oferta formativa o de empleo, el Servicio Público de Empleo Estatal rechazará la solicitud y se denegará el acceso a este subsidio.
Destacar que si se tiene 52 años o más y tiene los requisitos para acceder a la pensión contributiva de jubilación, se deberá solicitar el subsidio para mayores de 52 años. Esta prestación es más ventajosa, ya que se cobra hasta la edad de jubilación y además, cotiza para la pensión.
¿Cuánto se cobra y durante cuánto tiempo?
La cuantía del subsidio para mayores de 45 años es el 80% del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples). En 2023, esta cuantía se sitúa en los 480 euros al mes.
La duración de esta ayuda será de seis meses sin posibilidad de solicitar una nueva prórroga del subsidio. El SEPE paga la prestación de forma mensual entre los días 10 al 15 de cada mes.
Si el desempleado, a la hora de cobrar la prestación contributiva, consiguiera un contrato de trabajo a media jornada o jornada parcial, la cantidad a percibir de subsidio será el 50% (225,5 euros al mes). Para las personas trabajadoras fijas discontinuas la duración de la ayuda será igual a los meses que cotizara durante el año anterior al que se presente la solicitud.
Cómo solicitar el subsidio para mayores de 45 años
Una vez que se cumplen los requisitos para poder solicitar esta ayuda a los desempleados mayores de 45 años sin cargas familiares hay que seguir una serie de pasos para poder solicitarla al SEPE. El Servicio Público de Empleo ofrece la posibilidad de llevar a cabo la presentación de esta solicitud de dos maneras diferentes, bien presencialmente o a través de internet mediante la sede electrónica de la administración.
Solicitud presencial
Si un desempleado que cumple con todas las condiciones desea acudir presencialmente a las oficinas del Servicio Público de Empleo Estatal para presentar la solicitud del subsidio para personas mayores de 45 años debe realizar un trámite en especial. El interesado deberá solicitar, primero, una cita previa al SEPE siguiendo unos sencillos pasos y, una vez la obtenga, tendrá que acudir el día y la hora que le marcan a la delegación territorial que le corresponda con una serie de documentos que se marcarán a continuación.
Solicitud por internet
Si, por el contrario, el interesado desea realizar la presentación por internet, tendrá una ventaja sobre la presencial, y es que no es necesario solicitar cita previa para poder presentar la solicitud, además de poder hacerlo las 24 horas del día. Para ello, tan solo hay que seguir unos sencillos pasos que son:
- Entrar en la sede electrónica del SEPE.
- Clicar en la opción ‘Personas’.
- Dirigirse a ‘solicitar prestación o subsidio por desempleo’. Teniendo que pinchar en ‘Acceso a solicitudes’ dentro de esa opción.
- En el nuevo menú, se seleccionará ‘solicitud de subsidio por desempleo’. Al que se deberá acceder mediante una identificación que se puede realizar de tres maneras:
- Certificado digital.
- DNI electrónico.
- Cl@ve.
Una vez identificado tan solo será necesario completar un pequeño formulario y, en la parte final, ‘adjuntar archivos’. Ahí se deberán añadir el modelo de solicitud y los diferentes documentos que el SEPE exige recibir por parte del solicitante para que este pueda ser beneficiario de la ayuda.
Documentación para solicitar el subsidio
En el caso de pedir la ayuda para mayores de 45 años sin cargas familiares será necesario adjuntar la siguiente documentación de manera obligatoria ante el Servicio Público de Empleo Estatal:
- Modelo oficial de solicitud de subsidio por desempleo.
- Documento de identidad del solicitante (DNI, NIE o pasaporte)
- Documento bancario donde figure el solicitante como titular y el número de cuenta bancaria donde se quiere recibir los ingresos.
No es obligatorio presentar el certificado de rentas en el momento de la solicitud, pero hay que saber que el SEPE puede requerir en cualquier momento la declaración anual de rentas.
¿Qué hacer cuándo se acaba esta ayuda para mayores de 45 años?
Si tras agotar el subsidio para personas desempleadas mayores de 45 años no se encontrará empleo, existe por parte de SEPE, un último recurso. Las ayudas extraordinarias son prestaciones que se pueden solicitar cómo última opción para aquellos colectivos que por su edad o su situación le es más difícil encontrar un empleo.
Estas ayudas son la Renta Activa de Inserción (RAI) y el Subsidio Extraordinario por Desempleo o (SED). Ambas ayudas cuentan con el mismo importe a cobrar, 480 euros mensuales y mientras que el SED solo dura como máximo seis meses la RAI cuenta con una duración de once meses con la posibilidad de prorrogarse dos veces más. En los siguientes apartados se explica más sobre esta ayudas y cómo solicitarlas.
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