
Los trabajadores autónomos que cotizan en el RETA de la Seguridad Social tienen numerosas novedades en cuanto a sus obligaciones fiscales a partir del próximo año. A pesar de que muchas medidas del Ministerio de Hacienda y Función Pública entraron en vigor en enero, como no tienen carácter retroactivo, se aplicarán en la próxima Campaña de la Renta 2024.
Una de las que más confusión creó en 2023, pero que no tendrá efecto hasta el siguiente, es el aumento del mínimo de ingresos para tributar. Por el momento, tienen la obligación de presentar la declaración de la Renta aquellos cuyos ingresos durante el último ejercicio económico superará los 22.000 euros con un solo pagados. La cosa cambia para los que tuvieran más de uno, que se amplía de los 14.000 a los 15.000 euros, motivado por la subida del Salario Mínimo Interprofesional.
Pero esta no es la única. Hay novedades tanto a nivel estatal como autonómico. Lo único que no cambia son todos los impuestos que tienen que presentar los trabajadores por cuenta propia, que mantienen sus fechas como, el IVA trimestral, el impuesto de sociedades y el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
Novedades de Hacienda para autónomos a partir de 2024
Además de la ampliación de ingresos, otra de las novedades pasa por la reducción de los rendimientos de trabajo sobre los salarios comprendidos entre los 15.000 y los 21.000 euros anuales y por la deducción fiscal de este colectivo de trabajadores en materia de IRPF.
Sobre este último punto, se mejora un 5% los rendimientos netos de los que tributaban por módulos y sube un 7% los gastos “de difícil justificación”, como apuntan desde Autónomos y Emprendedores.
El impuesto de sociedades también se verá rebajado del 25% al 23% en las pequeñas y medianas empresas que facturen menos de un millón de euros, o la ampliación del abanico de posibilidades para tributar en los primeros años al 15% los emprendedores.
Novedades para los autónomos en Madrid
La Comunidad de Madrid acaba de anunciar a comienzos de este mes nuevas medidas tributarias para el colectivo de trabajadores por cuenta propia, entre las que hay bastantes deducciones.
Los emprendedores y autónomos madrileños que trasladen su residencia a pueblo con despoblación, menores de 35 años y siempre que en él convivan menos de 2.500 habitantes, pueden acogerse a una deducción del 10% del precio de compra o reforma de la casa, bajo el límite de 1.500 euros al año.
Se bonifican el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales por comprar una vivienda de segunda mano. Y también el de Actos Jurídicos Documentados, en casas nuevas.
Por último, una deducción del 20% IRPF destinado a los contribuyentes que no residieron dentro del país en los últimos cinco años y quieran regresar. Esa deducción será “del total de la inversión realizada en activos financieros en la cuota autonómica del impuesto, siempre que se mantenga durante los siguientes seis años”, como apuntan desde el citado medio.
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