Hace escaso mes y medio se aprobó el real decreto para que los trabajadores autónomos adscritos al Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social tuvieran un nuevo sistema de cotización para calcular la cuota de los autónomos de cara a los tres próximos ejercicios económicos. Algo a lo que el Congreso entero dio luz verde con un proyecto de ley con carácter de urgencia.
Entre las novedades se fijó que las nuevas cuotas de estos trabajadores sean por ingresos reales. Es por ello que desde la administración pública van a activar novedades en su plataforma Import@ass para que se pueda calcular cuánto se deberá pagar.
Y es que, el cálculo de la base de cotización y la cuota a pagar en función de los rendimientos netos de los trabajadores por cuenta propia se perfilan como las claves más importantes, ya que serán los autónomos los que estimen los rendimientos obtenidos durante el año y su cotización. Una vez realizado, será la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) quien se encargue de regular las posibles irregularidades entre lo estimado y lo que se debe de pagar.
Para que no haya desavenencias entre el organismo público y el autónomo, se va a habilitar esta función. Al introducir los rendimientos, el INSS informará sobre la base de cotización que le corresponde y la cuota a abonar. Cabe recordar que para el próximo ejercicio económico la cuota mínima queda fijada en los 230 euros, mientras que la máxima se situará en los 500 euros.
¿Qué servicios podrán hacer los autónomos a través de Import@ss de la Seguridad Social?
El ministro de la Seguridad Social, José Luis Escrivá, ya anunció nuevos cambios en la plataforma para que los trabajadores autónomos puedan efectuar nuevos trámites a través de la herramienta telemática Import@ss. “Se han mejorado los servicios digitales y los trámites enfocados a los trabajadores autónomos”. Además, añadió que el gran éxito de esta se debía en mayor medida porque “todo se puede gestionar a través del móvil y es tan sencillo como hacer transferencias bancarias”.
En adición a lo anterior, cabe mencionar que actualmente esta herramienta ya permite que los trabajadores por cuenta propia accedan a su información y efectuar trámites de alta, baja, cambiar la base de cotización e, incluso, calcular su cuota mediante un proceso guiado. ¿Un ejemplo? Consultar la fecha en la que se dio de alta como autónomo y cuál será la fecha en la que se emitirá el pago de la próxima cuota y la cuantía de la misma.
Esto no serán las únicas operaciones disponibles. Tras la implantación del nuevo sistema, este colectivo de trabajadores podrá cambiar su cuota cada dos meses, un total de seis meses al año, en vez de cada tres meses, como hasta ahora. El cambio de cuota también se podrá llevar a cabo a través de esta plataforma.
A través del área personal se podrá consultar toda la información sobre la actividad del interesado y, con un único acceso, solicitar la modificación de su actividad; la base de cotización, la entidad aseguradora y las coberturas de las que dispone. También el domicilio fiscal y la cuenta bancaria para la domiciliación de la cuota.
Gracias al nuevo rediseño, los autónomos podrán descargar la vida laboral y otros informes o certificados como el que acredita estar al corriente de pagos con la Seguridad Social, indispensable de cara a la solicitud de prestaciones.
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