La revolución en las administraciones públicas españolas ya está aquí. Los trabajadores interinos estatales podrán optar de forma automática a convertirse en funcionarios con contrato fijo. Una novedosa y controvertida medida consecuencia de las reivindicaciones de aquellos en esta situación contractual y que alegaban certidumbre y estabilidad, y de los sucesivos toques de la Comisión Europea.
La tasa de temporalidad española se acerca al 30%, casi el doble que la media europea (17%), que se quiere reducir al 8% en un plazo de diez años con la entrada en vigor de la Ley de Medidas Urgentes de Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público. De hecho, según las últimas cifras ofrecidas por el Ministerio de Trabajo y Función Pública, cerca del 90% de las contrataciones en el ámbito estatal son de interinidad.
Ha sido, es y seguirá siendo tema candente de debate. Desde el otro bando, aquellos funcionarios que han obtenido su plaza fija tras superar la mayor cantidad de requisitos que viene a cambiar el anteproyecto de ley aprobado en la última semana de noviembre cargan contra la misma. “Es razonable y va en línea de las decisiones judiciales”, se encargó de argumentar la ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero.
¿Qué interinos pueden convertirse en funcionarios?
La modificación de la Ley del Estatuto Básico del Empleado público tras el acuerdo alcanzado entre el Gobierno y la plana política, con ERC y PNV como principales promotores, establece que aquellos interinos que lleven ocupando la misma plaza de forma continuada desde el 1 de enero 2016, es decir, con más de cinco años de antigüedad, puedan convertirse en funcionarios fijos atravesando únicamente concurso de méritos.
Un plazo que en el borrador inicial estaba estipulado en más de diez años y rebajado posteriormente a la mitad por las urgencias del contexto. Incluso, una de las últimas medidas abre aún más las puertas a ese objetivo de la estabilización de los casi 300.000 interinos con los que cuentan en plantilla las administraciones generales: también podrán convertirse en funcionarios aquellos que cuenten con entre tres y cinco años de antigüedad en el mismo puesto.
Sin embargo, se les exigirá un proceso extra. Como reza el texto, superar un "concurso-oposición en los cuales los ejercicios de la fase de oposición desde 2017 no resulten eliminatorios", sumado al de méritos. Antes, el único método legal para la estabilización definitiva de este colectivo era la de volver a aprobar una oposición, ya que los méritos puntuaban únicamente un 40%.
Para regatear a la “inconstitucionalidad” a la que aludía la Abogacía del Estado, el Gobierno se ha encargado de establecer como condición indispensable la excepcionalidad. Es decir, solo se podrá solicitar una única vez esas plazas que, como aseguró Montero, cuya convocatoria tendrá al 1 de junio de 2022 como fecha límite y el 31 de diciembre de 2024 como final.
¿Qué administraciones pueden ejecutar el proceso de consolidación de plazas interinas?
La convocatoria estará abierta en las tres administraciones: el Estado, las comunidades autónomas (incluidas las forales de País Vasco y Navarra) y las entidades locales. Pero también, y como novedad destacada en el texto legal, este proceso de consolidación de plazas interinas se podrá aplicar en sociedades mercantiles públicas y en entidades públicas empresariales. Además, de las fundaciones y consorcios públicos. Es decir, se ha tratado de aumentar el ratio de acción directa a todos los rincones públicos.
De interinos a funcionarios, con trienios
Los trienios, o el aumento salarial cada tres años que contempla la legislación laboral española en el sector estatal, ha resultado otro de los asuntos de polémica. ¿Se respetarán si un interino logra ser funcionario? Sí, se conservarán. Por tanto, se podrá conseguir de una tacada un puesto fijo, además de mantener la correspondiente subida o complemento salarial, que es de 14 a 46 euros al mes (de 206 a 618 euros anuales), según su nivel de pertenencia, en base a la tabla de retribuciones del personal funcionario.
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