En ciertas ocasiones suele ocurrir que un candidato se enfrenta a una entrevista de trabajo y la empresa le pide ciertos datos personales incluso antes de firmar un contrato. Sin embargo, es importante saber que el empleador no puede solicitar cualquier tipo de información durante un proceso de selección. Así lo garantiza la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales publicada en el BOE.
Para muestra, un botón. La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha condenado a Amazon tras una denuncia de UGT en noviembre de 2019 con una cantidad de dinero nada despreciable por vulnerar y "poner en riesgo de forma muy grave" la intimidad de los postulantes. La multa asciende a los 2 millones de euros. La gigante e-commerce estadounidense habría exigido el certificado de antecedentes penales a los aspirantes a los puestos de empleo publicados como repartidores de la multinacional.
Justo a este respecto cabe mencionar que la LOPD señala que existe cierto tipo de datos especialmente protegidos como en el caso del certificado de antecedentes penales, que solo se puede exigir cuando la compañía está legalmente autorizada para ello y en cierto tipo de vacantes. Es el caso del cuidado de menores, fuerzas del orden público o seguridad privada. Tampoco se puede pedir el informe de vida laboral
Datos especialmente protegidos para los trabajadores: cómo debe tratarlos la empresa
Otro punto a tener en cuenta es que no están obligados a permitir que la empleadora indague en sus perfiles de redes sociales, ni durante el proceso de selección ni durante la ejecución del contrato. Tampoco está autorizada para solicitar ‘peticiones de amistad’ para que éstas proporcionen acceso a los contenidos de sus perfiles.
Otro punto a tener en cuenta es que los justificantes médicos deben ser destruidos una vez que se hayan comprobado. Ni siquiera pueden ser guardados. Eso sí, se pueden controlar los correos electrónicos asociados a cuentas de la empresa, siempre que se haya avisado previamente de ello. Lo mismo ocurre con la grabación de imágenes. Puede grabarse mientras se está trabajando, pero debe estar debidamente justificado y estar avisados.
En el contrato que se firme, se debe informar sobre el tratamiento de los datos personales. Sólo podrán ser tratados de manera interna e informar si se quiere ceder a terceros. Como no, es obligatorio que no se revele la ideología, afiliación sindical, religión y creencias. Es más, cuando se procesa a su recogida será preciso que se advierta sobre el derecho que se tiene a no facilitarlos. Solo será posible con consentimiento expreso y por escrito del afectado.
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