El director general y confundador de Excellence Circle, Sergio Gutiérrez, ha enviado un mensaje muy claro a los propietarios de ciertas viviendas afectados por las novedades que llegan este mes de julio. Porque desconocerlas o no cumplir con ellas podrá conllevar el pago de una multa de hasta 500.000 euros (medio millón de euros) según explica en un vídeo publicado en su perfil de Tiktok (@sergio_excellence_circle).
Esta nueva norma obliga a los propietarios de inmuebles destinados al alquiler turístico o de temporada a que los inscriban en el Registro Único de Arrendamientos para poder continuar con su actividad. Un dato fundamental ahora que llegan más turistas a determinadas ciudades para pasar unos días de vacaciones de verano.
Los que no se registren estarán cometiendo una actividad ilegal
A partir del próximo 1 de julio, los que tengan una vivienda destinada al alquiler turístico deberán contar con el código de registro para poder anunciarla en las plataformas de alquiler, como es el caso de Airbnb. En el caso de que no estén registradas, el Gobierno considera que están desarrollando una actividad ilegal y tendrían que pagar una sanción.
Esta norma está contemplada en el Real Decreto 1312/2024 del 23 de diciembre que se puede consultar en el BOE (Boletín Oficial del Estado) y que valdrá para que se haga uniforme el registro de los arrendamientos de viviendas de corta duración.
Un experto inmobiliario lo deja claro a los propietarios afectados
Sergio Gutiérrez ha sido claro y ha explicado muy bien en un vídeo qué propietarios deberán seguir la norma para evitar sanciones de mucho dinero. “Será en algunos casos muy concretos”, explica, añadiendo que “llevamos ya todo el año especulando sobre si era obligatorio o no inscribirlo en este registro. Por ejemplo, si hacías alquiler temporal habitacional, turístico… pues por suerte desde el Colegio de Registradores se ha dado luz a este asunto”.
Lo primero a tener en cuenta es saber que si se tiene un inmueble que se alquila como vivienda habitual, lo que se conoce como ‘alquileres de larga duración o estancia’, tanto entero como por habitaciones “no deberás inscribirlo en este registro”.
Qué pasa con las viviendas de alquiler vacacional o de temporada
Pero, cuando se trata de alquileres de temporada, hay dos opciones, una de ellas en la que sí habrá que inscribirlo y la otra en la que no. “Si haces un alquiler de temporada, pero en la plataforma en la que se publica no permite celebrar contratos online, tampoco se deberá registrar, por ejemplo cuando te publicitas en Fotocasa”.
La cosa cambia cuando se hace un alquiler temporal o vacacional y se publicita en otras plataformas como Booking o Airbnb, “sí necesitas darte de alta, porque son plataformas que permiten celebrar contratos online y transaccionales. Si no lo haces puede haber multas de 2.000 euros hasta medio millón de euros”.
“Así que ándate con ojo y cuidado que no te lleguen las multas”, “pero si no usas plataformas transaccionales donde se cobra desde la misma plataforma no debes tener el registro aunque sea alquiler turístico”.
“No es normal pagar 1.500 euros por una semana”
Entre los comentarios al vídeo hay muchos en los que los usuarios preguntan por su situación particular. Así, Ana pide al asesor inmobiliario que se pronuncie sobre un piso de dos habitaciones “con muebles roñosos” por el que piden 1.500 euros a la semana en concepto de alquiler vacacional.
Otra de las seguidoras, explica que la medida le parece bien ya que “no estoy a favor de los alquileres vacacionales y temporales porque es un negocio, así que paguen como negocio: sanidad, limpieza…”. Francisco Javier pregunta si en Idealista es legal a lo que Sergio le explica que “sí es legal, ojo, si es turístico no te exime de la licencia turística, son dos cosas distintas”.
Norberto pregunta “a los okupas… ¿qué multa le ponen?”.