El SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) una resolución para agilizar los trámites en la gestión de las prestaciones por desempleo para las personas afectadas por la DANA (Depresión Aislada en Niveles Altos). Esta medida para gestionar, tramitar y cobrar el paro afecta a las personas que han perdido su trabajo de manera temporal por un ERTE (Expediente de Regulación Temporal de Empleo), o están en reducción de jornada.
Amparada en el Decreto Ley al que ha dado luz verde recientemente el Consejo de Ministros y que ya ha explicado la ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, se establece un régimen especial ocasionado por esta situación de gran emergencia. A estas nuevas medidas podrán ampararse los profesionales de cualquier colectivo, incluidas las empleadas de hogar.
La ex líder de Sumar, ante esta situación, ha pedido a los trabajadores que no acudan a sus puestos de trabajo en caso de que sus vidas estén en peligro, atendiendo a las alertas de la AEMET (Agencia Estatal de Meteorología).
Régimen especial para ERTE y empleadas de hogar
Esta norma contempla un ‘escudo laboral’ con una prestación por desempleo específica para los más de 9.000 trabajadores (según datos del Ministerio de Trabajo) que se encuentran en ERTE (Expediente de Regulación Temporal de Empleo). También para aquellos a los que se les haya reducido la jornada laboral por causas económicas, técnicas, organizativas y de producción (ETOP) siempre que hayan derivado de la DANA.
Y en el caso de las empleadas del hogar, esta medida se extiende siempre y cuando puedan acceder a prestaciones en condiciones adaptadas a su situación laboral. Toda esta información así como la manera de acceder a esta ayuda económica están en este enlace.
Cómo solicitar las prestaciones por desempleo en el SEPE
El SEPE explica que que las solicitudes colectivas de prestaciones derivadas por el ERTE tendrán que ser presentadas por la app (aplicación) ‘Certific@2’. Cada empresa va a gestionar una solicitud colectiva por centro de trabajo y tendrá un mes para presentarla desde el momento en que se notifique la existencia de una fuerza mayor, la estimación de la solicitud por silencio administrativo o la comunicación de la medida adoptada.
Entre los aspectos que se han hecho más accesibles y sencillos, destaca que no es necesario presentar certificado de empresa y que las altas y la reanudación de esta prestación por desempleo se hará de forma automática.
Para reconocer esta prestación, el SEPE va a tener en cuenta el formulario de inscripción del trabajador como demandante de empleo, y en caso contrario hay un mecanismo coordinado con las oficinas de empleo de las autonomías gracias a los que se inscribirá a los trabajadores de oficio.
Cuando se haya completado este proceso, recibirán un mensaje en su teléfono, en el que se reconoce la ayuda, el número de hijos cargo y un enlace que lleva a una sede electrónica en la que, en caso de que haga falta, se podrá actualizar la información.
Y alerta de posibles estafas: en ningún momento, en este mensaje, se van a pedir datos bancarios ni información financiera.
Prestación por desempleo en contratos a tiempo parcial
Los que ya tienen una prestación compatible con un empleo a tiempo parcial (afectado por los ERTE o reducción de jornada derivados de la DANA) tendrán dos opciones:
- Mantener su prestación actual incrementando su cuantía.
- Solicitar la prestación regulada por la DANA y reanudar la que ya tenía al incorporarse a su trabajo.
La última de las opciones se podrá hacer por teléfono, marcando el 060.
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