El Ingreso Mínimo Vital es una prestación no contributiva, otorgada por la Seguridad Social, a aquellas personas o familias con pocos recursos económicos y que pueden caer en exclusión social. Es por ello que surge la duda de qué día ingresa el IMV la Seguridad Social a los nuevos beneficiarios. Sobre todo en esos comienzos donde más vulnerabilidad presentan.
Esta ayuda ya ha beneficiado a 560.809 hogares del que viven más de un millón y medio de personas, según la estadística publicada por el INSS hasta finales de enero. Y es que la puesta en marcha del autobús, que recorre España para buscar más perceptores y los nuevos incentivos al empleo, hacen que se haya convertido en la medida estrella del Gobierno de España para reducir la pobreza. Un 42,8% de los beneficiarios son menores de edad.
Una vez aprobada por cada banco, tiene sus plazos, siempre dentro de lo estimado por ley. El artículo 11 del Real Decreto-ley 20/2020 es el que hace referencia a cuándo se cobra el IMV. “El derecho a recibir la prestación nacerá a partir del primer día hábil del mes siguiente al de la fecha de presentación de la solicitud”.
Lo anterior quiere decir que, si una persona recibe la aprobación del IMV en este mes de febrero, el derecho a percibirlo comienza en próximo miércoles, 1 de marzo. Por tanto, como la ley también indica que se cobra el último día hábil del mes correspondiente. En otras palabras, sí es aprobado en febrero, el derecho comienza en marzo y el primer cobro será el viernes, 31 de marzo.
Esa es la fecha en la que la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) libera la partida con la remesa de cobro del IMV. Sin embargo, hay bancos y entidades financieras que pueden adelantarse unos días a esa fecha.
Las personas que tienen derecho a cobrar el Ingreso Mínimo Vital
La ayuda está dirigida a prevenir el riesgo de pobreza o exclusión social de los ciudadanos que viven solos o dentro de una familia, pero carecen de recursos económicos básicos para cubrir sus necesidades cotidianas.
Entre esos están las personas con entre 23 y 65 años, o mayores de 18 años, siempre que tengan hijos a cargo. En el caso de personas de entre 23 y 29 años, deberán haberse emancipado del hogar familiar durante, al menos, dos años antes de la solicitud o son víctimas de violencia doméstica.
Los cambios en las cuantías del IMV este 2023
Esta prestación no contributiva ha aumentado un 15% sus cuantías en los últimos meses, desde el pasado verano. Una subida que consolidada en los actuales Presupuestos Generales del Estado 2023. La subida tiene la finalidad de amortiguar la pérdida de poder adquisitivo ocasionada por el aumento de los precios durante 2022, de un 8,5% de media.
Además de las cuantías, también hay ayudas para la infancia. Consiste en un complemento mensual que se percibe por cada menos que haya en la unidad de convivencia y que variará en función de la edad de este. Así:
- De entre 0 y 3 años, cobrarán 100 euros de más por hijo.
- De entre 3 y 6 años, cobrarán 70 euros de más por hijo.
- De entre 6 y 18 años, cobrarán 50 euros de más por hijo.
Para optar a esa ayuda a la infancia, la familia no puede superar el 300% de la renta garantizada, ni tampoco el 150% del límite de patrimonio que establecido como requisito para obtener el IMV.
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