Existen trabajadores que al llegar a la edad de jubilación tienen pocos años cotizados en la Seguridad Social, por lo que al echar un vistazo a su vida laboral apenas tienen cumplidos los años suficientes para cobrar la pensión de jubilación. Es por eso que muchos de ellos ven cómo no se les deja tramitarla aún con 18 años cotizados. Como se verá más adelante, hay un requisito ‘desconocido’ con el que no cuentan y por el que se llevan más de un susto.
Es cierto que a la hora de calcular la cuantía de la jubilación, el Instituto Nacional de la Seguridad Social integre lagunas de cotización, es decir, unas cotizaciones ficticias para ver qué base reguladora le corresponde al futuro pensionista. Sin embargo, eso no quita que con el mínimo de 15 años exigidos por ley, algunos con periodos de cotización superiores se topen con el ‘No’ de la administración.
El requisito por el que no puedes cobrar la jubilación con 18 años cotizados
Para entender por qué la Seguridad Social no permite cobrar la pensión de jubilación, aunque se haya cotizado más del mínimo establecido, hay que ver qué dice el Real Decreto Legislativo 8/2015. Además de la edad legal u ordinaria, existe un periodo de cotización mínimo que hay que cumplir: los 15 años, que se conoce periodo genérico.
Sin embargo, también hay que contar con un periodo específico: de esos 15 años, dos deben estar incluidos dentro de los 15 años anteriores a la solicitud de la jubilación. Precisamente, esta es la ‘letra pequeña’ que no todo el mundo conoce y por la que muchos se quedan fuera del derecho a la prestación.
Qué opciones hay para tener derecho a la jubilación de la Seguridad Social
Cuando la persona quiera tener derecho a la pensión de jubilación de la Seguridad Social y necesite conseguir ese periodo específico, tiene la posibilidad de aumentar las cotizaciones a través de:
- La jubilación demorada.
- La jubilación activa o parcial.
- Con un convenio especial de la Seguridad Social.
En caso de que no se quiera o pueda trabajar y los ingresos anuales no sean mayores a 7.250,60 euros, existe otra opción: solicitar la pensión no contributiva de jubilación gestionada por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso).
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