Una de las mayores preocupaciones de los trabajadores a lo largo de su vida laboral es saber qué pensión de jubilación les quedará. Esta preocupación coger más fuerza en el sector de los trabajadores pertenecen al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) que debido a sus cotizaciones, su pensión de jubilación, por lo general, suele ser más baja que el resto de trabajadores.
Según los últimos datos del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones (junio de 2024), la pensión media de los trabajadores autónomos se situó en los 962,78 euros, mientras que la de los trabajadores por cuenta ajena bajo el régimen General se situó en los 1.600,85 euros, lo que hace una diferencia de hasta 638,07 euros. Pero, ¿A qué se debe esta diferencia en la pensión?
El principal motivo de la diferencia entre la pensión de un autónomo y un trabajador asalariados se debe a las cotizaciones que aportan a la Seguridad Social. Mientras que ahora mismo la base mínima de cotización de un autónomo es de 950,98 euros, mientras que la de los trabajadores asalariados está fijado en los 1.323 euros, según la Orden PJC/281/2024.
Además, aunque la base máxima de cotización está fijada en 4.720,50 euros, el 86,6% de los trabajadores autónomos cotizan por la base mínima o el 1,5% de dicha base, según el informe anual de 2023 del Ministerio de Trabajo y Economía Social (se puede acceder a través de este enlace). Aunque este informe revela que el 97,1% de los autónomos aumenta la base de cotización a partir de los 55 años, esto puede ser insuficiente, ya que el actual método para calcular la pensión de jubilación de la Seguridad Social tiene en cuenta las bases de cotización de los últimos 25 años, es decir, que empezará a contar desde los 40 a los 42 años.
Para ver realmente como afecta cotizar por la base mínima, se va a realizar un cálculo tomando como referencia los últimos datos de la Seguridad Social (a 1 de junio). La pensión media de jubilación de los autónomos fue de 962,78 euros mensuales, una cantidad muy por debajo de la pensión media de jubilación, situada en los 1.441,80 euros mensuales (la que engloba todos los regímenes de la Seguridad Social).
Cómo calcular la pensión de jubilación de un autónomo que cotiza por la mínima
Para calcular la pensión de jubilación hay que tener en cuenta, las últimas bases de cotización y el total de años cotizados, ya sea como autónomos o que hubiera cotizados en varios regímenes.
Así, primero hay que calcular la base reguladora y para ello hay que dividir entre 350 las bases de cotización de los últimos 25 años (300 meses). A diferencia del Régimen General, no se pueden incluir lagunas de cotización con bases ficticias para periodos sin cotizar, lo que puede ser una gran desventaja al determinar la cuantía de la pensión. Sobre estas bases, salvo de la de los dos últimos años, la Seguridad Social aplicará un coeficiente para las primeras bases (las más antiguas) no pierdan poder adquisitivo.
Con la base reguladora obtenida habrá que determinar qué porcentaje de la pensión le corresponde al autónomo en función del total de años trabajos (existe la posibilidad de cobrar dos pensiones de jubilación si se ha cotizado en regímenes diferentes). En este sentido, con 15 años cotizados se tendrá derecho al 50% de la base reguladora o la pensión mínima correspondiente (consultar cuantías mínimas para 2023).
En los siguientes años, por cada mes se aplicará los siguientes porcentajes sobre la base reguladora:
- Por cada uno de los siguientes 49 meses tendrá un 0,21% adicional de la base reguladora.
- Por cada uno de los siguientes 209 meses tendrá un 0,19% adicional de la base reguladora.
De esta forma, aquellos que hubieran cotizado 36 años y 6 meses tendrán derecho a percibir el 100% de la base reguladora (no es lo mismo que la pensión máxima).
Sabiendo esto, un autónomo que cotiza por la base mínima de 950,98 euros, incluso teniendo el 100% de la base reguladora por haber cotizado más de 36 años y seis meses, tendría derecho a una pensión de jubilación de 814,86 euros al mes o 11.408,04 euros anuales. Dependiendo de la situación familiar, esta cantidad podría estar por debajo de la pensión mínima, por lo que el trabajador autónomo deberá recurrir al complemento a mínimos, un plus para alcanzar al menos la cuantía mínima.
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