Cuando un trabajador llega a su edad de jubilación, pasa a cobrar la pensión correspondiente. Para la Seguridad Social en España, la cuantía de la pensión depende del total de años trabajados y de las bases de cotización de los últimos 25 años. Por eso, no existen dos personas que cobren la misma pensión. Muchos se preguntan, por ejemplo, cuál es la pensión mínima de jubilación con 15 años cotizados.
Para acceder a la pensión contributiva de jubilación, es necesario haber cotizado durante al menos 15 años a lo largo de la vida laboral (5.475 días), de los cuales al menos 2 años deben encontrarse dentro de los últimos 15 años anteriores a la solicitud. En caso de no alcanzar estas cotizaciones, se deberá acceder a la pensión no contributiva.
Pensión mínima de jubilación con 15 años cotizados
Con 15 años de cotización se tendrá derecho al 50% de la base reguladora. La base reguladora se calcula sumando las bases de cotización de los últimos 25 años, es decir, las 12 bases de cotización que el trabajador haya tenido a lo largo de cada uno de los años, que son 300 meses. El resultado se dividirá entre 350 para obtener la base reguladora o, lo que es lo mismo, el 100% de la pensión a la que se tiene derecho.
Así, una vez obtenida la base reguladora, habrá que dividir el resultado entre 2, lo que representará el 50%. Esta será la pensión correspondiente con 15 años cotizados. En el caso de que esta fuera inferior a la pensión mínima, se podrá aplicar el complemento a mínimo en la pensión.
Este complemento es una cuantía económica que se añade a la pensión contributiva, con el objetivo de que alcance el mínimo fijado por ley. Para acceder a este complemento es necesario que los ingresos del pensionista no superen los 8.941,33 euros anuales o 11.994,60 euros anuales si tiene cónyuge a cargo.
Cuantía mínima de la pensión de jubilación en 2024
La cuantía mínima de la pensión de jubilación en 2024 se sitúa entre los 740,28 euros y los 1.549,30 euros al mes, dependiendo de si se accede a partir de los 65 años, si la jubilación proviene de la incapacidad permanente por gran invalidez, o si se tiene o no cónyuge a cargo. A continuación, se detallan las pensiones mínimas independientemente de los años cotizados:
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Jubilación con 65 años o más:
- Con cónyuge a cargo: 1.032,86 euros mensuales (14.460,14 euros anuales).
- Sin cónyuge: 837,13 euros mensuales (11.719,87 euros anuales).
- Con cónyuge no a cargo: 794,58 euros mensuales (11.124,22 euros anuales).
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Jubilación con menos de 65 años:
- Con cónyuge a cargo: 968,40 euros mensuales (13.557,69 euros anuales).
- Sin cónyuge: 783,14 euros mensuales (10.964,09 euros anuales).
- Con cónyuge no a cargo: 740,28 euros mensuales (10.363,95 euros anuales).
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Jubilación con 65 años procedente de gran invalidez:
- Con cónyuge a cargo: 1.549,30 euros mensuales (21.690,22 euros anuales).
- Sin cónyuge: 1.255,75 euros mensuales (17.580,56 euros anuales).
- Con cónyuge no a cargo: 1.191,93 euros mensuales (16.687,09 euros anuales).
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