Desde este miércoles, 3 de abril de 2024, los contribuyentes pueden solicitar y presentar el borrador de la declaración de la Renta por internet a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria. Aun así hay ciudadanos que desde ya, quieren consultar el borrador de la de la Renta, por lo que se preguntan cuándo lo pueden hacer.
La campaña de la Renta se vivirá en varias fases (presentación por internet, teléfono y de forma presencial) hasta el día 1 de julio, día que se dará por finalizada la declaración. Todos los contribuyentes obligados a presentar la declaración deben hacerlo dentro del calendario marcado, ya que hacerlo fuera de plazo puede llevar a posibles sanciones económicas.
El borrador de la Renta no es más que propuesta inicial elaborada por la Agencia Tributaria a partir de los datos recopilados, principalmente del certificado de rentas. Esto hace, que en muchas ocasiones no estén contempladas todas las deducciones a las que se tiene derecho. Por ello, antes de confirmar, siempre hay que revisar y ante la duda acudir a un gestor (nos puede cobrar unos 50 euros por hacer la declaración).
¿Cuándo se puede comprobar el borrador de la declaración de la renta?
Desde el miércoles, 3 de abril de 2024, los contribuyentes pueden consultar, modificar y/o confirmar el borrador de su declaración a través de la Sede Electrónica o desde la aplicación móvil.
Para obtener el borrador de la declaración de la renta, los contribuyentes deben acceder al apartado Renta WEB en la sede electrónica de la Agencia Tributaria y seleccionar 'Tramitación del borrador/declaración'. El acceso a este servicio se puede realizar mediante certificado o DNI electrónico, Cl@ve PIN, o introduciendo el DNI o NIE junto con el número de referencia.
En el caso de acceder al borrador por número de referencia, este hace referencia al importe que aparece en la casilla (0505) de la declaración de la Renta de 2022 - "Base liquidable general sometida a gravamen”. En el caso de no ser este año, la primera vez que presenta la declaración de la Renta, el contribuyente deberá indicar un número de Cuenta Bancaria de España (IBAN) en el que figure como titular.
¿Qué significa un resultado negativo o positivo en la declaración de la Renta 2023-2024?
Para saber si la declaración sale a pagar o a devolver habrá que fijarse en la casilla 537 y, por otro lado, en la casilla 549. La casilla 537 refleja el total de la cuota líquida, mientras que la casilla 549 muestra el total de las retenciones y pagos a cuenta realizados a lo largo del año fiscal. La diferencia entre estos dos valores se conoce como la cuota diferencial, que es, en esencia, el resultado neto de la declaración y que aparece reflejado en la casilla 550.
Si la casilla 550 sale positivo (+) significa que este año la declaración sale a pagar. Es decir, que tenemos que abonar nosotros la cantidad a la Agencia Tributaria. En cambio, si el resultado es negativo (-) quiere decir que la declaración sale a devolver, o dicho de otra forma, que la Agencia Tributaria debe abonarnos esa cantidad en nuestra cuenta bancaria.
También puede ocurrir que el resultado sea cero (0). En este caso y aunque no sea suceda muy a menudo quiere decir que ni sale a pagar ni a devolver.
Calendario de la Renta 2023-2024
El calendario para la declaración de la Renta del año 2024 se ha establecido de la siguiente manera:
- 3 de abril: se inicia el plazo para presentar el borrador de manera online en la sede electrónica de la Agencia Tributaria.
- 29 de abril: se abre el período para solicitar cita y hacer la declaración por teléfono.
- 7 de mayo: arranca el plazo para presentar el borrador telefónicamente.
- 29 de mayo: Comienza el período de solicitud de cita para hacer la declaración de forma presencial.
- 3 de junio: Se habilita el primer día para presentar la declaración en las oficinas de las Agencia Tributaria.
- 26 de junio: finaliza el plazo para presentar la declaración aquellos contribuyentes con resultado a ingresar mediante domiciliación bancaria.
- 28 de junio: último día para solicitar cita previa tanto para la presentación telefónica como presencial.
- 1 de julio: fecha límite para presentar la Declaración de la Renta 2023-2024 por cualquiera de las vías habilitadas.
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