Muchas veces, la llegada de un hijo supone un auténtico quebradero de cabeza y un puzzle con piezas que no encajan a la hora de llegar a fin de mes. Por eso, si acabas de ser padre o madre vamos a responder a esta pregunta ¿Cuáles son las prestaciones y ayudas del SEPE y la Seguridad Social que puedes solicitar?
Precisamente la situación actual de pandemia sanitaria por coronavirus hace que cada vez haya más desempleo, trabajadores en ERTE y autónomos obligados al cese de actividad. La manutención de un hijo, si se suma a todo esto, puede ser misión imposible.
Revisa tu situación personal y solicita la prestación a la que tengas derecho, nosotros vamos a presentar las que actualmente hay disponibles. La llegada de 2021 viene con nuevos requisitos y mejores condiciones económicas en algunas de ellas.
Si tienes alguna duda, siempre podrás ir de manera presencial a las oficinas del SEPE o Seguridad Social, aunque recomiendan que hagas los trámites desde la Sede Electrónica.
Ayudas de la Seguridad Social por nacimiento de hijo
El INSS cuenta con un amplio abanico de ayudas que podrás solicitar durante el embarazo, tras el parto o el periodo de lactancia. Todas ellas son para conciliar la vida laboral y familiar. Muchas han sufrido pequeños cambios con la llegada de 2021.
El nuevo permiso de paternidad, por ejemplo, es de 16 semanas tanto para padres como para madres, y el complemento de maternidad de las pensiones busca que desaparezca la brecha de género existente, dando más visibilidad y valor al trabajo de las madres.
Complemento de maternidad de las pensiones
La ayuda de 378 euros por hijo aprobada por el Gobierno de Mariano Rajoy cambia este año para dar más visibilidad a la mujer, eliminando la llamada brecha de género en las pensiones. Se trata de una ayuda económica para la persona que más haya que tenido que sacrificar su vida laboral en el momento del nacimiento del niño.
En este caso suele ser la mujer. Pero la Ley que ya está publicada en el BOE contempla la opción de que sea el padre el beneficiario, porque sea él quien debe hacerse cargo del menor. En el caso de que ninguno de los dos pida este complemento a las pensiones, o estén en igualdad de condiciones, esta asignación económica por hijo va a ir para la madre. Tienes toda la información en este enlace.
Baja por maternidad, paternidad o por cuidado del menor
La baja por maternidad o paternidad, ahora llamada ‘Ayuda por nacimiento y cuidado del menor’, la paga la Seguridad Social y es del 100% de la base de contingencias comunes que aparezca en la nómina del mes anterior al nacimiento del bebé.
Es decir, que vas a cobrar la nómina en su totalidad durante los 4 meses (16 semanas) en que dure tu baja por maternidad o prestación económica por nacimiento.
Estos días de descanso los tienes que tomar de forma simultánea y obligatoria justo después del momento del nacimiento del niño. Los derechos que te otorga esta baja por maternidad son intransferibles, no puedes ‘pasarle días’ a tu pareja.
Ayuda de los puntos, prestación por hijo a cargo
La conocida como ‘ayuda de los puntos’ pasa a formar parte del Ingreso Mínimo Vital en 2021. Es una prestación para madres en situación de pobreza con hijos a cargo menores de 18 años o discapacitados.
La Seguridad Social paga diferentes cantidades dependiendo del número de hijos que tengas:
- Hijo menor de 18 años: 341 euros anuales (170 en cada paga).
- Dos hijos: 682 euros al año, dos pagas de 341 euros.
- Familias numerosas: 1.023 euros al año que aumenta conforme sube el número de hijos.
En esta categoría podemos meter también las ayudas para padres adoptantes. En este caso, existen dos supuestos: hijos de menos de 18 años, o discapacitados con un grado igual o mayor al 65%.
- Mayores de 18 años con 65% de discapacidad: 4.474 euros al año.
- Mayores de 18 años con discapacidad igual o superior al 75% : 7.120 euros anuales.
Pago único de 1.000 euros por nacimiento
Si tienes un hijo, puedes solicitar el pago único de 1.000 euros siempre que estés dado de alta en la Seguridad Social y al día en el pago de todas tus cuotas. Puedes pedirlo si eres madre soltera, familia numerosa, si has adoptado un niño o tienes alguna discapacidad.
En estos casos, el INSS va a mirar tus ingresos (hay un límite establecido que no puedes superar). La ayuda es del 100% de la base reguladora. El límite máximo de tiempo en el que podrás recibir esta prestación es de 5 años. Para que te aclares, la Seguridad Social en su Oficina Virtual deja claro que este pago es como el de incapacidad temporal, derivada de contingencias comunes
Puedes saber más consultando directamente en la Sede Electrónica de la Seguridad Social.
Ingreso Mínimo Vital
El IMV es una prestación para personas en situación de pobreza. La cuantía que vas a cobrar depende del número de miembros que componen la unidad familiar. Además de los ingresos que tengas y de tu renta.
Solicita el Ingreso Mínimo Vital de una forma clara siguiendo las instrucciones que te damos en este enlace (con vídeo).
El INSS paga el IMV los primeros días del mes, del 1 al 5, aunque hay entidades bancarias que adelantan el pago a la última semana del mes anterior.
La cantidad que vas a cobrar con esta Renta Mínima cambia y queda de la siguiente manera:
- Dos adultos y un menor: 751,89 euros.
- Un adulto con un menor: 714 euros.
- Familias con dos menores y un adulto: 855 euros.
- Un adulto con tres o más menores a su cargo: 996 euros.
En los requisitos, la Seguridad Social querrá saber tu situación personal, es decir, si has cobrado ayudas previamente, si tienes contrato de trabajo temporal o fijo discontinuo, y las condiciones en las que vives, si estás de alquiler, si la vivienda es tuya...
También estudiará si solicitas la ayuda tras un divorcio, o tras una situación personal complicada, por ejemplo, una viudedad.
100 euros para madre trabajadora
Esta ayuda económica es sólo para madres trabajadoras. Es decir, es requisito indispensable que tengas un contrato de trabajo en vigor. Puedes recibirla de dos maneras, previo acuerdo con la Agencia Tributaria:
- Ingresando 100 euros al mes en tu cuenta hasta que tu hijo cumpla 3 años.
- Con un descuento de 100 euros en tu declaración del IRPF con un máximo de 1.200 euros al año.
Esta prestación se puede solicitar en la Seguridad Social.
Permiso de lactancia
La reducción de jornada por lactancia puede pedirla tanto el padre como la madre hasta que el niño cumpla 9 meses. Las condiciones son:
- Media hora libre al principio o al final de la jornada laboral, retribuida.
- Una hora libre dentro de la jornada laboral.
- Acumular las horas libres y pedirlas todas juntas.
Ten cuidado, porque si no pides esta ayuda la pierdes. Es compatible con la reducción de jornada por cuidado de hijo.
Todas estas ayudas que hemos comentado, pertenecen a la Seguridad Social. Podrás encontrar requisitos, condiciones y más detalles en nuestra sección de Pensiones.
Para solicitarlas bien pueden hacerse a través de la Sede Electrónica del INSS si cuentas con certificado digital, Cl@ve o dni electrónico o de forma presencial en las oficinas de la Seguridad Social con cita previa.
Prestaciones por desempleo del SEPE para familias
Pero hay otras que dependen del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), y aunque no son específicas para el nacimiento o cuidado del menor, sí podrán solicitarla las madres, padres o familias que necesiten ayuda o estén ya cobrando el paro o un subsidio.
En este caso, antes de ir a las oficinas con cita previa INEM, comprueba los requisitos y la documentación que necesitarás aportar, así como si es viable que la tramites por la Sede Electrónica.
Si estás sin trabajo, dado de alta como demandante de empleo, y además tienes cargas familiares, puedes pedir las ayudas para familias.
Subsidio por desempleo con cargas familiares
Es una prestación para familias que han agotado el paro. La cuantía es de 451 euros al mes y la vas a cobrar durante 6 meses. Si sigues cumpliendo los requisitos, tendrás que ir a una oficina del INEM o demostrarlo en la Sede Electrónica para poder renovar otros 6 meses más.
El funcionario podrá pedirte que demuestres los ingresos que tengas o que presentes la declaración de la Renta, aunque no es lo más habitual ya que normalmente ellos mismos tienen acceso a la base de datos de Hacienda.
Subsidio por cotización insuficiente
Esta prestación por insuficiencia de cotización es una ayuda de 451 euros al mes, para aquellas personas que no hayan estado cotizando a la Seguridad Social durante los 360 días necesarios para poder cobrar el paro.
Aunque puede solicitarlo cualquiera, tiene unos requisitos especiales para familias como la obligación de cotizar durante 3 meses durante toda tu vida laboral, en lugar de 6 que es lo que se pide a personas sin cargas familiares.
Los trabajadores del SEPE van a comprobar también las rentas, o que los ingresos no sean mayores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional.
Esta prestación tiene un importe a cobrar de 451 euros al mes durante 6 meses. En el caso de que consigas empleo, tendrás que notificarlo a la Administración inmediatamente. Te damos más pistas e información de todas estas prestaciones del INEM.
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