¿A quién beneficia el nuevo impuesto a la plusvalía?

Con el nuevo impuesto a la plusvalía aprobado por el Gobierno quiere tratar de penalizar las tácticas especulativas de bienes inmuebles.

¿A quién beneficia el nuevo impuesto a la plusvalía?
Hacienda beneficia cl nuevo lusvalía a quienes compraron pisos en la burbuja de 2008
Javier Martín

El nuevo impuesto a la plusvalía no gravará de la misma manera a todos los tipos de inmuebles que se vendan, hereden o donen. Más que nuevo impuesto a la plusvalía, concretamente, los dos nuevos métodos de cálculo de su base imponible, que fueron declarados inconstitucionales por el Tribunal Constitucional (TC), anulándolo momentáneamente, y amenazando con un caos jurídico para este tipo de transacciones y económico para los ayuntamientos.

Así que, para solucionarlo, y presionado fervientemente por las pérdidas millonarias que auguraban los más de 70 concejos españoles, el Ministerio de Hacienda dirigido por la ministra María Jesús Montero aprobó la modificación mediante decreto ley para volver a implantarlo, en cuanto se publique en el Boletín Oficial del Estado (BOE), con la mayor celeridad posible y previsiblemente entre en vigor mañana miércoles, 9 de noviembre de 2021.

El método de cálculo del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), como se conoce oficialmente a este impuesto, gravaba la teórica revalorización del suelo donde se encontraba el inmueble que cambiaba de titular. Este consistía en el valor catastral y la aplicación de ciertos coeficientes fijos que marcaban los propios ayuntamientos y que, a la hora de la práctica, siempre acaba por crecer. Un razonamiento pensado para la burbuja inmobiliaria y que quedó obsoleto.

Dos métodos para calcular el nuevo impuesto a la plusvalía

“Por ser ajeno a la realidad del mercado inmobiliario y de la crisis económica”, aclara en su sentencia el TC el motivo de la inconstitucionalidad del antiguo método de cálculo. A su juicio, los coeficientes que se aplicaban no podían ser la única vía admitida.

Así que por ello Hacienda ofrece ahora dos alternativas de cálculo según la que más beneficie al contribuyente. No se deberá pagar nada si se ha perdido dinero

  • Por el valor catastral: la que se asemeja a la que se usaba hasta ahora y el Gobierno ha modificado. La Dirección General de Catastro marcará el importe, al que se le aplicará un coeficiente que aún debe de establecerse, según el mercado inmobiliario. Este método se irá regulando año a año en los Presupuestos.

  • Por la diferencia entre el valor de venta y el precio de compra: he aquí la novedad. La diferencia entre lo que se pagó por su compra y lo que se recibe por su venta. Solo se abonará si el resultado es mayor que el que indica la Dirección General del Catastro. En ese caso se aplicará un máximo del 30%, no sobre la ganancia, si no a la proporción que se corresponde al valor catastral del suelo sobre el total.

¿Quién son los más beneficiados por el nuevo impuesto a la plusvalía?

La gran particularidad del método del valor catastral es la de la aplicación de unos coeficientes multiplicadores con un valor máximo impuesto por Hacienda y que los ayuntamientos podrán bajar, como se ha mencionado, en consonancia a la evolución del mercado inmobiliario.

Al igual que en el método de cálculo que se usaba hasta ahora, esos coeficientes variarán según el número de años en posesión del inmueble, pero su valor no es el mismo, siendo el más bajo para las compras realizadas entre 2008 y 2011. Por tanto, se verán menos influidos las enajenaciones de pisos adquiridos durante la crisis financiera mundial y antes del estallido de la burbuja inmobiliaria. Cuanto menos tiempo se haya tenido en posesión el inmueble, más lo gravará este impuesto.

Con esto se quiere tratar de penalizar las tácticas especulativas. Las que Hacienda cifra en menos de un año y que, hasta el momento, se escapaban de este impuesto. A estas transmisiones se les aplicará un 0,14 de coeficiente, por los 0,08 que se aplicarían a inmuebles comprados entre 2008 y 2011.

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