Una empleada del hogar es despedida estando de baja por un cambio “en las necesidades familiares” y es nulo con doble indemnización: casi 60.000 euros
Aunque se declara la nulidad del despido, el TSJ de Andalucía no obliga a su readmisión, por lo que a la indemnización por daños morales, se suma la del despido improcedente y los salarios de tramitación.

