El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana confirma la procedencia del despido tras comprobar que el empleado sustraía dinero de la caja, conducta que quedó registrada por las cámaras de seguridad.
El TSJ de Baleares declara procedente el despido disciplinario porque era algo que se prohibía en la normativa y se cumplieron con los requisitos formales.
El TJUE ha fallado que eximir a los empleados de trabajadores del hogar de la obligación del registro horario vulnera la Directiva europea de ordenación del tiempo de trabajo.
La empresa alegaba transgresión de la buena fe contractual por “incompatibilidad entre la medicación recetada y la ingesta de alcohol”.
La subida de la indemnización por despido, uno de los retos de la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, es un objetivo prioritario para el próximo año.
Dos sentencias del TSJ de Cataluña han destacado por conceder indemnizaciones muy superiores por despidos motivados por razones de salud o enfermedad (discriminatorio).
Para el TSJ, el registro de la cartera sin la presencia del trabajador incumple el artículo 18 del Estatuto de los Trabajadores.
La trabajadora contaba con informes médicos donde no se contraindicaba la práctica deportiva. De hecho, permitían hacerla “sin forzar”.
Ya existe un fallo favorable a UGT y ahora habrá que esperar a que se conozca de manera pública, a más tardar en cuatro meses.
La acción cometida estaba recogida en el Convenio Colectivo de Mercadona como falta muy grave, lo que da pie al despido disciplinario.
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El finiquito es un pago obligatorio que debe hacer la empresa a un trabajador cuando se marcha. Así es cómo se calcula y las diferencias con la indemnización por despido.
La justicia no concede la nulidad porque la comunicación del despido se produjo antes de que la trabajadora se diera de baja por depresión.
El TSJ de Canarias considera que las actividades realizadas durante su baja por incapacidad temporal por lumbalgia, incluidas acciones como rezar, eran incompatibles con su recuperación.
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía determina que se vulneraron derechos procesales ordenando la repetición del proceso para garantizar una adecuada valoración de las pruebas.
El TSJ del País Vasco considera que los hechos son suficientemente graves para calificar el despido disciplinario como procedente.