Los conflictos vecinales en ocasiones pueden llegar a manos de la justicia, por ejemplo por hacer un uso indebido de una plaza de garaje. En otros casos, estos problemas pasan ciertos límites y las peleas y discusiones entre vecinos pasan a insultos. Y así ha sido el caso de este sacerdote, que ha sido condenado por la justicia por insultar a dos de sus vecinas en una de las reuniones de la comunidad.
Según la sentencia de la Audiencia Provincial de Salamanca el conflicto se inició en una de las reuniones de la comunidad de vecinos a la que acudieron por ser propietarios (si fueran inquilinos solo podrían acudir en un caso). En ella se debatiría la instalación de cerraduras digitales, ya que estaba habiendo robos en el edificio.
En esta junta, las dos vecinas comentaron que si se decidía hacer uso de esas cerraduras para mejorar la seguridad de las mismas, habría que tener cuidado de no darlas a personas extrañas, puesto que habían visto a varias mujeres desconocidas entrando a la vivienda del sacerdote, y este mismo había denunciado robos en su casa realizados por esas mujeres.
Ante este comentario e insinuaciones el sacerdote, reaccionó de forma agresiva, insultado a una de sus vecinas, llamándola "difamadora, mentirosa, sinvergüenza y metiche" delante de 30 vecinos. Pese ello, la mujer no cesó en sus comentarios, y aseguró que los vecinos “tenían ojos y oídos". La discusión terminó con el sacerdote abandonando a reunión, aunque más tarde, volvió a insultar a la otra vecina cuando se encontraron en el ascensor, gritándole “puta”.
Las vecinas denunciaron al sacerdote por los insultos en la reunión de la comunidad
Ante estos hechos, las vecinas demandar al sacerdote, y Juzgado de Primera Instancia Nº 6 de Salamanca la desestimó, al considerar que estos insultos, no constituían una intromisión ilegítima en el derecho al honor de las demandantes, y que estos fueron una reacción a las insinuaciones de las dos mujeres.
No obstante, ellas apelaron la decisión, alegando que los insultos públicos vulneraban su derecho al honor. El caso ha llegado hasta la Audiencia Provincial, que ha revocado la sentencia del Juzgado de Primera Instancia, que ha considerado que los hechos no justificaban la reacción del sacerdote.
Algunos testigos habían declarado, que las mujeres no acusaron al sacerdote de los robos, y que simplemente advertían sobre problemas en la seguridad del edificio al ver a personas extrañas entrar en la vivienda con sus llaves.
El sacerdote estaría violando el artículo 18 de la Constitución Española, que garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y a la propia imagen, según menciona la sentencia. También el artículo 18 de la Constitución Española, que garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y a la propia imagen.
Por tanto, el juez considera que se ha violado el derecho al honor de las vecinas, y condena al sacerdote a pagar 1.000 euros a cada una, a pagar las costas del proceso, y a que la sentencia sea leída en la próxima junta de vecinos.
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