Una de las principales disputas que suelen surgir entre casero e inquilino son las relativas a los arreglos que tienen que efectuarse en la misma. Ya no solo por quién se tiene que hacer cargo de cada una de las averías, sino, en el caso de que sea el casero quien tiene que correr con el gasto, saber cuánto tiempo tiene para efectuar la reparación.
Los contratos de alquiler están regulados por la Ley de Arrendamientos Urbanos, en ella se establecen las normas relativas los contratos de alquiler de inmuebles destinados a vivienda como para otros usos.
Aunque esta Ley establece quién tiene que pagar los arreglos en la vivienda dependiendo del tipo, no establece un tiempo límite en el caso de que sea el casero quien tenga que hacerse cargo de ellas.
Cuánto tiempo tiene el casero para efectuar las reparaciones de las averías en una vivienda alquilada
Pese a que la Ley no determina un plazo mínimo ni máximo de tiempo que el casero tiene para llevar a cabo las reparaciones en la vivienda alquilada, hay que tener en cuenta que, según la LAU, corren por su cuenta
“todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario”
Por tanto, al ser el casero el propietario de la vivienda, le interesa que este tipo de reparaciones se realicen cuanto antes, ya que de lo contrario podrían comprometer el buen estado de la vivienda.
Qué pasa si los arreglos de la vivienda se alargan en el tiempo
En el caso de que las reparaciones de la vivienda alquilada vayan a alargarse en el tiempo por la gravedad de la avería, hay que tener en cuenta que si no puede esperarse a realizar la reparación a que el contrato de arrendamiento finalice, y se tiene que realizar en ese momento en el que el inquilino aún está viviendo en el inmueble, si duran más de 20 días la renta habrá de reducirse en proporción a la parte de la vivienda de la que el arrendatario se vea privado.
Reparaciones a las que tendrá que hacer frente el inquilino
No obstante, y pese a que el casero tiene que correr con los gastos de algunas reparaciones, corresponde al inquilino hacerse cargo de otras, tal y como viene regulado en la ley de arrendamientos.
En este caso tendrá el arrendatario que cubrir los gastos ocasionados de las pequeñas reparaciones o de las que se hayan producido por su mal uso o se hayan dañado de forma intencionada.
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