El #CMin ha aprobado un RD para estabilizar el empleo temporal en la función docente
— La Moncloa (@desdelamoncloa) April 12, 2022
Objetivo➡️reducir la tasa de temporalidad por debajo del 8%
✔️Se fijan dos procesos de estabilización, uno ordinario mediante concurso-oposición y otro extraordinario por concurso de méritos. pic.twitter.com/mp0sM9l3S5
Diciembre de 2021 se despidió con la conocida ‘Ley de interinos’. Una norma del Gobierno de España que busca acabar con la temporalidad del empleo público. El objetivo, en concreto, era alcanzar una tasa por debajo del 8% en el conjunto de las Administraciones Públicas, un ratio que solo mantiene la Administración General del Estado (AGE).
La clave de esta medida es la antigüedad como elemento más importante. Un factor que determina la forma y las posibilidades de acceder a una plaza de funcionario fijo en cualquiera de las áreas de las entidades públicas españolas. Al respecto, los empleados públicos con más de 5 años de experiencia podrán conseguir una vacante fija sin tener que pasar por un concurso de oposición.
Aquí se incluyen los funcionarios interinos de mayores de 50 años, ya que por su rango de edad podrían acumular más años de experiencia que el resto de candidatos más jóvenes. Los que cuenten con este requisito de antigüedad, solo tendrán que pasar por un concurso de méritos. ¿Cuándo se llevará a cabo? Si bien la ley ya entró en vigor, las Administraciones Públicas tendrán hasta el 1 de junio de 2022 para ofertar las plazas de trabajadores temporales que actualmente están ocupadas. Por su parte, sus respectivos procesos selectivos tendrán que finalizar antes del 31 de diciembre de 2024.
La 'Ley de interinos', si bien tiene la intención de atajar el problema de la temporalidad en el empleo público, desató la polémica desde su presentación. Muchos opositores reclaman que se trata de una "solución rápida" y que impone unos requisitos que no son justos, sino descrimiantorios, exponiendo que garantizan una plaza por el hecho de tener antigüedad y sin la necesidad de demostrar que se está capacitado, ya que no hay que pasar por una oposición si se ha estado más de 5 años en la misma plaza.
De hecho, son muchos los que han tachado la norma de "agravio comparativo", en referencia hacia todos aquellos que se presentan a los exámenes sin ser interinos. El motivo es que tendrán una plaza fija asegurada los que tengan la citada experiencia, mientras que estos podrían no conseguirla a pesar de demostrar sus capacidades en la oposición.
Funcionarios interinos que optan a una plaza fija en la Administración Pública
Comenzando por lo básico, los interinos son las personas que se han presentado a unas oposiciones pero no han obtenido una plaza fija. Así, son nombrados con carácter temporal. No obstante, estos pueden desempeñar las funciones de un funcionario fijo, pero no por una duración superior a tres años (ampliable a 12 meses más). Ahora, después de la aprobación en diciembre de la ‘Ley de interinos’, se ha abierto una nueva vía para conseguir una plaza fija.
Esta nueva entrada está reservada a todos los trabajadores interinos con más de 5 años de experiencia de forma ininterrumpida en un puesto de la Administración Pública, que con esta norma podrán optar a convertirse en funcionarios fijos de forma automática mediante un concurso de méritos y no de oposición. Traducido en un plazo de tiempo, podrán acceder todos los que llevan ocupando la misma plaza de forma continuada desde el 1 de enero de 2016. Antes, la única forma para conseguir convertirse en fijo era volver a aprobar una oposición, ya que los méritos puntuaban únicamente un 40%.
Ahora, ¿qué pasa con los interinos con antigüedad inferior a 5 años? Aquellos que acumulen más de tres años de experiencia pero menos de 5 años en una misma plaza podrán convertirse en funcionarios a través de concurso y oposición. Es decir, como se practicaba antes pero con una nueva opción: que los ejercicios en fase de oposición desde 2017 no sean eliminatorios.
Esta norma se aplica a todas las Administraciones Públicas: el Estado, las comunidades autónomas (incluidas las forales de País Vasco y Navarra) y las entidades locales. Asimismo, la ‘Ley de interinos’ también establece que este proceso de consolidación de las plazas interinas se aplique a sociedades mercantiles públicas, entidades públicas empresariales, fundaciones y consorcios del sector público.
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