La justicia anula cientos de multas de exceso de velocidad por el mismo motivo: eran ilegales

Todas las sanciones que se han anulado procedían de infracciones registradas por radares móviles y estáticos.

Una señal de radar en la carretera
Una señal de radar en la carretera EFE
Redacción Noticiastrabajo

Hasta siete juzgados de lo contencioso-administrativo han anulado ya cientos de multas por exceso de velocidad impuestas tanto por la Administración como por la Dirección General de Tráfico (DGT). Todas ellas fueron a consecuencia de infracciones registrada por radares móviles o estáticos que no cumplían con los requisitos descritos por la ley.

Tal y como ha informado el diario El País, todas esas multas han sido susceptibles de anulación por el mismo motivo, no había un operador cualificado que estuviese supervisando que el dispositivo funcionara correctamente.

Según la Orden ITC/155/2020, “los cinemómetros que funcionen sin la presencia continua de un operador que vigile su funcionamiento y que no sean capaces de detectar, seguir e identificar inequívocamente el objetivo durante todo el proceso de medición, se les exigirá al menos dos fotogramas del vehículo infractor tomados en diferentes instantes: uno de ellos mostrará una visión panorámica del vehículo y el otro, su placa de identificación”.

En el caso de que las multas no estén debidamente justificadas, podría repetirse lo ocurrido en los juzgados de Madrid, Badajoz y Las Palmas de Gran Canaria, y que las sanciones sean anuladas. Cabe destacar que esto ocurre en caso de que los radares sean móviles o estáticos, pero no si son fijos.

Cómo reclamar una multa ilegal

Desde 'Dvuelta', empresa experta en recursos de multas de tráfico, han explicado los pasos a seguir en caso de ser multado ilegalmente. Lo primero que recomiendan es que no se pague la multa inmediatamente para intentar reducir el importe de la sanción, ya que eso implica que se está reconociendo la infracción.

Si no se paga la multa, desde el día siguiente de la notificación los afectados cuentan con un plazo de 20 días naturales para poner una reclamación. Paloma García Alejo, responsable del área jurídica de Dvuelta, ha recalcado que la reclamación debe presentarse por escrito, solicitando todas las pruebas que demuestren tanto la infracción como que el proceso de identificación de la misma ha sido correcto.

Una vez recibidas las pruebas, es fundamental que se revisen exhaustivamente, y que se preste especial atención al plazo en el que se notificó la sanción. El plazo más habitual está comprendido entre los 3 y los 6 meses, si se supera ese plazo, podría estar prescrita y, por tanto, sería una causa de anulación.

En caso de poder demostrar que una multa ilegal ha provocado algún daño o perjuicio en el afectado, se podrá reclamar una indemnización.

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